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El TSJB avala limitar los encuentros entre no convivientes de madrugada

El tribunal considera que la medida es proporcionada ante la "evidente y real" situación de agravamiento de contagios.

Jóvenes reunidos durante la primera noche sin estado de alarma / Lorena Sopêna i Lòpez - Europa Press - Archivo EUROPA PRESS

Palma

El Tribunal Superior de Justicia de Baleares avala la propuesta del Govern de limitar las reuniones sociales tanto en interiores como en exteriores de personas no convivientes entre la una y las seis de la mañana cuando la incidencia acumulada supere los 450 casos. El tribunal considera que la medida con una duración temporal de un mes es proporcionada ante la evidente y real situación de agravamiento de contagios.

Los jueces señalan que, a pesar de que la vacunación avanza a buen ritmo y es palpable su positiva incidencia en la protección de la población, los más jóvenes siguen más retrasados y es el sector más proclive a realizar actividades lúdicas y sociales nocturnas que favorecen notablemente el contacto social intenso. Considernan los jueces que esta restricción tiene los mismos efectos prácticos que el toque de queda y se evitarán conductas desordenadas que son frecuentes en las grandes aglomeraciones nocturnas que generan alto riesgo de contagio entre los asistentes.

 
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