Un tercio de los conflictos laborales, en Jaén, se solucionan en el SERCLA
Nuestra tierra, además, ha registrado en el primer semestre del año 22 solicitudes de mediación, por lo que posee el menor número de conflictos de la comunidad autónoma
Jaén
Un tercio de los conflictos laborales, en Jaén, se solucionan en el SERCLA. Nuestra tierra, además, ha registrado en el Sistema Extrajudicial de Resolución de Conflictos Laborales durante el primer semestre del año hasta 22 solicitudes de mediación, por lo que posee el menor número de conflictos de la comunidad autónoma. Nos siguen Granada (35) y Almería (39), siendo las cifras más abultadas las de Sevilla (97) y Cádiz (90). En concreto, en los primeros seis meses del 2021 se han firmado un total de 5 acuerdos en mediaciones en conflictos colectivos, lo que supone el 33,33% del global de los tramitados.
El delegado territorial de Empleo, Formación, Trabajo Autónomo, Transformación Económica, Industria, Conocimiento y Universidades, Francisco Joaquín Martínez, amplía que los 22 expedientes afectaban a 553 empresas y 8.512 trabajadores. “Con respecto a los conflictos laborales en los que intervino el SERCLA de carácter individual, se han presentado 29 expedientes. La tramitación efectiva se ha efectuado sobre un 82,76% de expedientes. Es decir, 24 en números absolutos”.
Martínez, destacaba “el gran trabajo que desarrollan los profesionales del SERCLA en Jaén, incluida su adaptación digital a partir de la pandemia, que ha permitido continuar su labor con todas las garantías. Un instrumento crucial de diálogo, debate y consenso de gran valor para conseguir un clima de paz social, para consolidar un tejido empresarial sólido y empleos de calidad en la provincia”.
Además, el SERCLA se ha adaptado a los nuevos tiempos gracias, en parte, a la pandemia. Inició en marzo del pasado año un sistema de mediación online “que se ha extendido a todas las provincias, y que incluso ya está propiciando la firma de convenios colectivos negociados por completo por videoconferencia”. Algo pionero en nuestra comunidad autónoma. Sí es cierto que en algunos casos muy específicos y justificados se aplica carácter de excepcional para actuaciones y mediaciones que exijan presencialidad.