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Desestiman los recursos de FROET contra el Acuerdo Marco del transporte escolar redactado por Educación

FROET acusa a Educación de "faltar a la verdad" porque el recurso de sus asociados sí ha sido estimado parcialmente

Fachada del Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales / CARM

Murcia

El Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales ha resuelto, desestimándolas en su conjunto, los recursos interpuestos por diversos transportistas y por la Federación Regional de Organizaciones y Empresas de Transporte (FROET) contra el Acuerdo Marco redactado por la Consejería de Educación y Cultura para el desarrollo de la contratación de los servicios de transporte escolar, según informan fuentes de ese departamento regional en un comunicado.

El Tribunal ha respaldado la decisión de licitar a través de la figura del Acuerdo Marco, considerándola como "el medio más eficaz para llevar a cabo este tipo de contratación".

En estos recursos desestimados, los recurrentes alegaban, entre otros motivos, que el precio de licitación era bajo y los criterios de adjudicación no eran adecuados.

Así, el Tribunal avala la redacción del Acuerdo Marco, indicando expresamente que los precios de los contratos son ajustados al mercado y destacando que "los precios de mercado son inferiores a los empleados por el órgano de contratación".

Igualmente, la resolución considera que todos los criterios de adjudicación están íntimamente vinculados con el objeto del contrato, son proporcionales, su aplicación no resulta discriminatoria y están todos ellos justificados por razones de interés general.

La Consejería de Educación y Cultura retrotraerá actuaciones para incorporar únicamente los "aspectos puramente formales" que aconsejan la citada resolución y proceder mediante su publicación a una nueva apertura del plazo de licitación, lo que permitirá que nuevas empresas puedan concurrir al concurso de adjudicación.

La resolución no es definitiva y cabe interponer recurso ante la Sala del Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Región de Murcia.

Según fuentes de Educación, a partir de ahora, el proceso de licitación del Acuerdo Marco prosigue su procedimiento durante los próximos meses, periodo en el que las empresas de transporte escolar tienen garantizado la prestación del servicio a través de la ampliación de su contrato hasta finales de año y la posterior prórroga concedida por la Consejería hasta la aprobación definitiva del Acuerdo Marco.

La consejera de Educación y Cultura, María Isabel Campuzano, ha mostrado "su satisfacción" por la resolución y ha afirmado que "viene a ratificar que la Consejería siempre ha actuado cumpliendo la legalidad, preservando el interés general y ofreciendo a las empresas una licitación razonable y aperturista".

Campuzano ha invitado a todas las empresas que no concurrieron en un principio al Acuerdo Marco a que "ahora lo hagan, porque tiene una gran oportunidad", y les ha ofrecido todos los recursos de la Consejería para ayudarles en cualquier trámite que no supieran realizar. "Caminar unidos ha sido siempre nuestro objetivo", ha afirmado la consejera, para lamentar que "posiciones no razonables nos llevaron a una situación que nunca debió suceder", ha dicho la consejera de Educación y Cultura.

FROET: "Es incierto"

La patronal regional del transporte por carretera aclara que "es incierto que el Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales haya resuelto desestimando en su conjunto los recursos interpuestos por diversos transportistas y por FROET", tal y como afirma la Consejería en su nota.

Así, la Federación explica que los recursos que desestima el Tribunal son los interpuestos por la asociación empresarial DIREBUS, ajena a FROET, y el interpuesto por la Unión Sindical Obrera de la Región de Murcia (USO).

"Al contrario, precisamente el recurso interpuesto por las empresas asociadas a FROET, y no por FROET, por cuanto ésta nunca ha recurrido el acuerdo marco, ha sido estimado por el Tribunal, parcialmente, ordenando a la Consejería la retroacción de las actuaciones para que complete la documentación contractual a los efectos de calcular el valor de los lotes de los contratos, que es lo que realmente se reclamaba por las empresas asociadas", según las mismas fuentes.

En segundo lugar, FROET señala que, como consecuencia de esa declaración del Tribunal, estimando parcialmente el recurso de los transportistas de FROET, "el procedimiento del Acuerdo Marco no puede proseguir a los efectos de su aplicación, sino que el mismo debe retrotraerse al momento señalado por el Tribunal tal y como se ha indicado anteriormente".

Asimismo, la Federación advierte que la resolución es definitiva en vía administrativa, sin perjuicio de ser recurrible ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del TSJ de la Región de Murcia, planteándose las empresas asociadas a FROET esta posibilidad, una vez estudiada en profundidad la referida resolución.

Tampoco es cierto para FROET que las empresas de transporte escolar hayan aceptado la ampliación de sus contratos como compensación por la indemnización como consecuencia de la suspensión de sus contratos con motivo de COVID-19.

 
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