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Coronavirus Covid-19

El Gobierno vasco no recurrirá al Tribunal Supremo la denegación del pasaporte COVID

El auto del Superior vasco publicado este lunes da varios argumentos para negar el pasaporte, entre ellos la restricción de derechos fundamentales que supondría y el elevado porcentaje del número de vacunados

El auto del Superior vasco publicado este lunes da varios argumentos para negar el pasaporte, entre ellos la restricción de derechos fundamentales que supondría / Cadena Ser

Bilbao

El Gobierno Vasco no recurrirá al Tribunal Supremo la decisión del Superior de Justicia del País Vasco de no autorizar la implantación del pasaporte covid para acceder a locales de ocio nocturno y restaurantes con comedores para más de 50 personas.

El Ejecutivo autonómico quería que cuando Euskadi tenga una incidencia de la pandemia superior a los 150 casos por 100.000 habitantes en 14 días (hoy está en 300) sea necesario mostrar este certificado para acceder a establecimientos que ofrezcan "actividades de esparcimiento y baile" como discotecas, salas de baile, salas de fiesta con espectáculo, bares musicales y karaokes. También quería exigir el pasaporte en los restaurantes con capacidad autorizada de plazas de comedor superiores a 50 comensales.

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El auto del Superior vasco publicado este lunes da varios argumentos para negar el pasaporte, entre ellos la restricción de derechos fundamentales que supondría y el elevado porcentaje del número de vacunados.

Este fallo podía ser recurrido en casación ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Supremo, un tribunal que ya avaló una medida parecida en Galicia el mes pasado, pero el Departamento de Salud del Gobierno Vasco ha descartado judicializar esta cuestión como también hizo con otra anterior decisión del TSJPV que permitía reabrir la hostelería en los municipios con una tasa alta de incidencia, en contra del criterio del Gobierno Vasco.

"Sorpresa e indignación" del Gobierno vasco

El Ejecutivo de Vitoria ha mostrado su "sorpresa e incomprensión" por el auto de este lunes, ya que proponía unas medidas que en otras comunidades autónomas se dan por buenas -como en Cataluña, Baleares y Galicia donde este certificado ya está implantado- mientras que en Euskadi "se considera que vulneran derechos fundamentales". Lamenta que se le limite la posibilidad de tomar medidas preventivas para frenar la expansión de la pandemia y advierte de que "Euskadi no puede esperar" a que se den "niveles que pongan en riesgo el cuidado de la salud de la ciudadanía vasca, con una alta presión sobre los hospitales y las UCI, y con la cifra de personas fallecidas creciendo".

Salud: "Se trata de evitar males mayores"

El Departamento de Salud se refiere a algunos de los razonamientos del auto del Superior, como que la presión asistencial no es tan grave como en anteriores olas y responde que "ciertamente ahora no lo es", pero que de lo que se trata es de "evitar que aumente" y que pueda llegar a "comprometer el sistema". Sobre la argumentación del tribunal de que hay un porcentaje muy alto de la población diana vacunada, un 90 %, con lo que el peligro se ve minimizado, el Gobierno Vasco explica que había programado la activación del pasaporte covid precisamente para "evitar" que el 10 % condicione al 90 %.

Además, sobre la consideración del TSJPV de que esta medida no debe aplicarse de manera uniforme en toda Euskadi, Salud dice que en la comunidad autónoma hay un "alto grado de movilidad" interna, por lo que las medidas propuestas deben aplicarse "de manera uniforme para que sean efectivas". Se refiere a que el Tribunal considera que con las medidas propuestas por el Gobierno Vasco se vulneran los derechos de igualdad e intimidad, de reunión, de libertad ambulatoria, de expresión y creación artística y libre desarrollo de la personalidad, estos últimos relacionados con los karaokes. El Ejecutivo vasco defiende por contra que cualquier persona vacunada o cualquiera que sin estarlo disponga de una PCR negativa reciente "tiene garantizados estos derechos".

El Gobierno Vasco tampoco encuentra sentido a que no se deba exigir el certificado covid en determinados establecimientos solo porque al personal de los mismos o a los menores de 12 años no se les vaya a exigir tal documento. Por último, defiende que, como solicita el tribunal, ha basado su consulta en razones médicas y epidemiológicas para la limitación de derechos fundamentales.

 
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