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Se confirma la sentencia por el atropello intencionado en Úbeda

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha confirmado íntegramente la sentencia de la Audiencia de Jaén en la que condenaba a 17 años de cárcel al joven de 29 años que fue declarado culpable

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía ha confirmado íntegramente la sentencia emitida por la Audiencia de Jaén / Europa Press

Jaén

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha confirmado íntegramente la sentencia de la Audiencia de Jaén en la que condenaba a 17 años de cárcel al joven de 29 años que fue declarado culpable por unanimidad del atropello intencionado de una familia en Úbeda y de causar la muerte a una mujer, de 73 años, además de ocasionar heridas de diversa consideración a otras cinco personas más. En concreto, se le condenaba a once años de prisión por un delito de homicidio, seis años más por tres delitos de lesiones agravadas, además de imponerle el pago de 360 euros en multa por otros dos delitos leves de lesiones.

En concepto de responsabilidad civil deberá indemnizar a la familia de la fallecida en 148.000 euros y otros 20.870 euros en indemnizaciones a los otros cinco atropellados, lo que suma en total 168.870 euros. Además, se le condenaba a hacer frente a todas las costas procesales, incluidas las de la acusación particular. En la cuestión de las indemnizaciones, la sentencia de la Audiencia falló que la aseguradora del vehículo "debe responder al quedar ello dentro de la cobertura del seguro obligatorio" por considerarse "responsable civil directa".

A pesar de que el acusado, F.J.V.P., mantuvo durante su declaración en el juicio celebrado en junio de 2021 que todo ocurrió cuando una persona se metió por la ventanilla y le giró el volante, lo que le llevó a perder el control del vehículo, el jurado no le dio credibilidad y se apoyó en las declaraciones de los testigos que apuntaron que el coche arremetió contra la familia cuando se encontraban tomando el fresco a las puertas de una vivienda de la calle Alameda, en Úbeda.

La sentencia consideró probado que el joven circuló "a gran velocidad y siendo perfectamente consciente" de lo que iba a hacer tras haber mantenido previamente una discusión con una de las personas a la que finalmente atropello, junto a otras cinco más. Los hechos juzgados y sentenciados se remontan al 17 de julio de 2019, sobre las 21,45 horas, cuando el acusado, "circulando a gran velocidad y siendo perfectamente consciente arrancó de cuajo el bolardo que protegía el acerado a la altura del número 1 de la calle Alameda".

De esta forma, arremetió contra una familia, cuyos miembros, unos de pie y otros sentados tomaban el fresco a las puertas de una vivienda. Como consecuencia del impacto resultó herida una mujer, de 73 años, que acabaría falleciendo el 1 de agosto como consecuencia de la gravedad de las lesiones. También resultó herido de gravedad el esposo de la fallecida, así como otras cuatro personas más que presentaban lesiones de diversa consideración.

"Yo no llevaba intención de atropellar a nadie, solo quería salvar mi vida e irme de allí", dijo F.J.V.P. durante su declaración ante el jurado. Al parecer, en el origen del suceso se encontraba las rencillas con algunos miembros de la familia que fue atropellada y que se saldaron finalmente con la muerte de una mujer. Ahora, el TSJA confirma íntegramente la sentencia y determina, según la sentencia facilitada por el Alto Tribunal Andaluz, que no hubo vulneración de la presunción de inocencia ya que el jurado creyó a los testigos y "ello constituye prueba suficiente para vencer la presunción de inocencia, al no existir razones que permitan calificar de arbitraria y voluntarista la decisión de creerles". La sentencia todavía no es firme y es recurrible ante el Tribunal Supremo.

 
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