Sociedad

Conoce tus derechos al acudir a los festivales de música

En 'Código de Barras Bizkaia', Markel Etxebarria de la Asociación de Personas Consumidoras y Usuarias Vasca nos cuenta lo que puedes exigir al acudir a los festivales de música veraniegos. Un ejemplo: deberías poder introducir comida y bebida

Código de Barras Bizkaia. Tus derechos en los festivales

Bilbao

En Hoy por Hoy Bilbao-Bizkaia hemos hablado de los conciertos y festivales veraniegos. En la sección 'Código de Barras Bizkaia', Markel Etxebarria, portavoz de EKA/AKUV ha charlado con Azul Tejerina sobre las cosas que podemos exigir al acudir a uno de estos eventos.

Derecho a introducir comida y bebida

Según la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios, tenemos derecho a introducir comida y bebida en los festivales, siempre que no se introduzcan en envases de cristal. Desde EKA defendemos que, al no ser la hostelería la actividad principal del festival, no deberían poder negarnos esta opción. Sin embargo, es importante destacar que las empresas organizadoras pueden negarnos la entrada al recinto si llevamos nuestra propia comida o bebida. Esto seguramente ocurrirá si lo intentamos, pero desde EKA sostenemos que tendríamos derecho y, por ello, si te ocurre, podrías pedir la hoja de reclamaciones y proceder a reclamar.

Todos los asistentes a un evento tienen derecho a recibir agua potable de forma gratuita, ya sea en la barra o a través de fuentes habilitadas para ello. Este derecho garantiza que los asistentes puedan mantenerse hidratados sin necesidad de incurrir en gastos adicionales, además de intentar desincentivar el uso de plásticos ya de por sí muy amplio en este tipo de eventos.

Derecho a pagar en metálico

Otro aspecto que genera gran controversia es el método de pago. Así pues, en algunos festivales se promueven sistemas cashless (sin efectivo) a través de pulseras, tarjetas o apps de pago, pero es importante saber que, según la legislación vigente, ningún establecimiento puede negarse a aceptar el pago en metálico. El Real Decreto-ley 19/2018, de 23 de noviembre, garantiza que las y los consumidores tienen derecho a pagar con dinero en efectivo en cualquier establecimiento comercial en España. Esto incluye a los establecimientos dentro del recinto del festival, pero de nuevo reiteramos, puede darse la posibilidad de que la organización del festival nos obligue a pagar con este método, por mucho que consideremos que tenemos este derecho como personas consumidoras.

Derecho a la devolución del dinero si cambian los términos del festival

Si los términos del festival cambian significativamente, como la cancelación de un artista principal o un cambio en las fechas, tienes derecho a la devolución íntegra del importe de la entrada. La Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios establece que cualquier alteración sustancial en el contrato de un servicio debe ofrecer al consumidor la opción de un reembolso.

Derecho a recibir información clara y veraz

Los organizadores de festivales deben proporcionar información clara y precisa sobre todos los aspectos del evento, incluyendo la programación y las normas sobre la entrada de alimentos y bebidas. La Ley General de Publicidad y la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios garantizan que esta información debe ser veraz y no inducir a error.

Derecho a la seguridad

La seguridad en los festivales es un derecho fundamental. Los organizadores deben garantizar que todas las instalaciones y actividades cumplan con las normativas de seguridad establecidas por la ley, incluyendo la seguridad estructural del recinto y la presencia de servicios de emergencia y sanitarios adecuados.

Derecho a accesibilidad

Todos los eventos deben ser accesibles para personas con discapacidad. Según la Ley General de Derechos de las Personas con Discapacidad y de su Inclusión Social, los festivales deben garantizar el acceso y la participación de todas las personas, independientemente de sus capacidades físicas. Esto incluye accesos adaptados, áreas reservadas y servicios específicos para personas con movilidad reducida.