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Política

Suspendido el traspaso a Euskadi de la homologación de títulos superiores extranjeros

El Supremo explica que no debe haber impedimento para tramitar en su totalidad y resolver sobre el fondo de los recursos dentro del presente año.

Toni Albir (EFE)

Bilbao

El Tribunal Supremo ha suspendido cautelarmente la vigencia del real decreto del pasado 9 de abril por el que se traspasan a Euskadi funciones y servicios en materia de homologación de títulos obtenidos en el marco de sistemas de educación superior extranjeros a uno universitario oficial español.

El alto tribunal resuelve en un auto la solicitud planteada por diferentes colegios profesionales para que adoptara esta medida cautelar mientras resuelve los recursos que han presentado contra el real decreto.

El Supremo explica que no debe haber impedimento para tramitar en su totalidad y resolver sobre el fondo de los recursos dentro del presente año.

Por ello entiende que de ser desestimatoria la sentencia que finalmente se dicte no se habrá obstaculizado en exceso el ejercicio de las funciones traspasadas y de ser estimatoria no se habrá dado lugar a la adopción de decisiones que no deberían corresponder a la comunidad autónoma.

En este sentido señala que los propios letrados del Gobierno Vasco personados en el procedimiento aunque se opusieron a la medida cautelar mostraron la muy escasa incidencia que tendría la suspensión pues no se habrán dictado resoluciones definitivas en diez meses porque no se han adoptado las medidas organizativas y funcionales necesarias.

"Antes de llegar a ese momento ya habremos dictado sentencia", destaca al respecto el auto de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo.

"Extraordinaria movilidad"

Argumenta que "la variedad creciente de titulaciones y la extraordinaria movilidad que se produce en nuestros días, cuando cada vez más españoles estudian en el extranjero y más extranjeros aspiran a la homologación en España de títulos universitarios, aconsejan extremar las cautelas, en particular las encaminadas a asegurar que se observan pautas homogéneas en la aplicación de las disposiciones".

Los magistrados advierten de que el Estado debe preservar la garantía de una actuación homogénea en esta materia en toda España pues "trasciende la dimensión meramente educativa, ya de vital importancia por sí sola, y se proyecta sobre la no menos relevante del ejercicio de las profesiones que requieren una determinada titulación universitaria".

"Es tan delicada esta materia, posee una dimensión transversal tan acusada y comporta repercusiones sociales y económicas tan intensas y extensas que toda prudencia es poca a la hora de prevenir la disparidad de criterios que si ya existe cuando es una sola la Administración actuante por fuerza ha de acentuarse cuando se suma otra", recalca.

El alto tribunal aclara que ello "no significa presumir una actuación indebida de la Administración vasca del mismo modo que en ningún momento se ha presumido que lo haya sido la observada por el Estado" y destaca que la suspensión cautelar responde a estos criterios de interés público

 
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