Confirman penas de cárcel por desviar 2,9 millones de DYA Bizkaia a empresas vinculadas
La sentencia ratifica la condena a dos acusados por apropiación indebida y mantiene otra pena por falsedad contable
BILBAO, 04/11/2025.- El expresidente de DYA Bizkaia y acusado Fernando Izaguirre (d), en la Audiencia de Bizkaia en el inicio del juicio por un delito de estafa por apropiarse de varios millones de euros de esta ONG. EFE/Luis Tejido / LUIS TEJIDO (EFE)
El Tribunal Superior de Justicia del País Vasco ha confirmado la condena impuesta a dos acusados por desviar 2.906.570,78 euros de DYA Bizkaia hacia sociedades vinculadas entre 2011 y 2016. La Sala desestima los recursos presentados y ratifica la sentencia dictada por la Audiencia Provincial de Bizkaia.
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Según los hechos probados, ambos condenados transfirieron u ordenaron transferir fondos desde cuentas de DYA Bizkaia a la mercantil Emergencias Plus y desde esta a Ambulancias Barcelona S.A., sociedades sobre las que tenían control. La resolución judicial sostiene que actuaron de común acuerdo y con ánimo de obtener un beneficio económico ilícito.
Cuatro años y medio de prisión para cada condenado
La sentencia mantiene para ambos acusados una pena de cuatro años y seis meses de prisión por un delito de apropiación indebida agravado por la cuantía defraudada, además de multa de 18 meses.
También confirma la obligación de indemnizar conjunta y solidariamente a DYA Bizkaia con 2.906.570,78 euros. Uno de los condenados responderá hasta 2.240.007,57 euros, según fija el fallo.
Otra condena por falsedad contable
El Tribunal Superior vasco ratifica además la condena a uno de los acusados por un delito societario de falsedad contable. La sentencia recoge que en las cuentas anuales de Emergencias Plus correspondientes a 2019 se reflejaron créditos frente a Ambulancias Barcelona que debían considerarse incobrables.
La resolución añade que esa anotación ofrecía una imagen económica que no se ajustaba a la realidad patrimonial de la sociedad.
Rechazados todos los recursos
La Sala rechaza los argumentos de las defensas sobre vulneración de derechos, error en la valoración de la prueba y prescripción. También desestima el recurso que pedía agravar una de las condenas.
Con ello, el TSJPV confirma en todos sus extremos la sentencia dictada en primera instancia por la Audiencia de Bizkaia.