El TSJPV confirma la condena a un ertzaina por quedarse con 40 euros de una multa y ocultar el boletín
La sentencia ratifica las penas impuestas por malversación e infidelidad en la custodia de documentos tras desestimar el recurso del agente
javitrapero
El Tribunal Superior de Justicia del País Vasco ha confirmado la condena impuesta a un agente de la Ertzaintza por apropiarse de 40 euros entregados para el pago reducido de una multa de tráfico y ocultar posteriormente el boletín de denuncia. La resolución desestima el recurso presentado por la defensa y ratifica íntegramente la sentencia dictada por la Audiencia Provincial de Bizkaia.
Los hechos declarados probados sitúan al agente destinado en una comisaría de Bizkaia como jefe de operaciones en funciones. Según la sentencia, el 22 de marzo de 2023 accedió con una llave a la oficina administrativa de la comisaría, cogió un boletín de denuncia de tráfico y los 40 euros abonados como depósito para el pago de la sanción con reducción del 50%.
El dinero y el boletín fueron entregados dos días después
La resolución judicial recoge que el agente se llevó el dinero con ánimo de obtener un beneficio económico ilícito y retiró el boletín para evitar su tramitación y que se detectara la falta del importe. Dos días después entregó el documento al jefe de Protección Ciudadana y posteriormente devolvió los 40 euros, después de que otros agentes advirtieran que el boletín estaba en su vehículo.
Penas confirmadas por el Tribunal Superior vasco
La Audiencia de Bizkaia le había condenado por un delito de malversación de caudales públicos a un año de prisión, multa de tres meses e inhabilitación especial durante un año para empleo o cargo público como agente de las fuerzas y cuerpos de seguridad.
Además, fue condenado por un delito de infidelidad en la custodia de documentos a otro año de prisión, multa de siete meses e inhabilitación especial durante tres años.
El recurso queda rechazado
El TSJPV rechaza los argumentos de la defensa sobre falta de prueba y también la petición de aplicar la atenuante de reparación por la devolución del dinero. La Sala concluye que esa entrega no respondió a una voluntad reparadora temprana, sino a que los hechos habían sido descubiertos en la comisaría.