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Huelga Vitrasa

El TSXG declara que los autobuses de Vitrasa que circulan cuando se inician los paros en Vigo no tienen que recoger viajeros

La sentencia, publicada el pasado día 31, da la razón al comité de empresa y anula las resoluciones sobre servicios mínimos

Vitrasa estrena sus nuevos autobuses / Vitrasa

Vitrasa estrena sus nuevos autobuses

El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia ha dictado sentencia en la que estima un recurso de apelación interpuesto por el comité de empresa de Vitrasa y anula las resoluciones municipales sobre cómo afectan los servicios mínimos declarados por los paros parciales a los buses que se encuentran circulando en el momento de iniciarse dichos paros.

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El comité de Vitrasa, que mantiene un conflicto con la empresa desde hace más de dos años en el marco de la negociación del convenio, convocó paros parciales, de una hora al principio y de hora y media posteriormente, para los lunes, miércoles y viernes. Cuando el concello estableció los servicios mínimos, se determinó que, en el momento en que comenzaban los paros, los buses que estaban circulando debían continuar el trayecto hasta el final de la línea, cogiendo y dejando viajeros.

La representación de los trabajadores recurrió ese punto y un juzgado de lo Contencioso Administrativo de Vigo estimó parcialmente sus pretensiones, y estableció una alternativa intermedia: al iniciarse los paros, los buses debían seguir recogiendo y dejando pasajeros durante la siguiente media hora.

Recurso de apelación admitido por el TSXG

El comité interpuso recurso de apelación y ahora el TSXG le ha dado la razón, anulando la sentencia de primera instancia y también las resoluciones municipales, en lo que respecta a esa medida que afecta a los buses que se encuentren en plena ruta en el momento de los paros.

El alto tribunal gallego expone en su resolución que no comparte la solución que dio el concello "ni menos aún la del juzgador de instancia", y señala que los paros convocados son parciales, con una duración "ponderada, razonable, limitada y precisa", dejando determinado el "punto de equilibrio entre el derecho de los trabajadores a ejercer la huelga y el de los vecinos a servirse del transporte urbano".

"Por ello, no había razón alguna para favorecer la prolongación del servicio a costa de reducir el tiempo de paro", señala en su sentencia, que puede ser recurrida en casación. El sindicato CIG, que preside el comité de Vitrasa, ha valorado la decisión del TSXG como "un nuevo revés para el gobierno local, por infringir el derecho a la huelga" en el marco de este conflicto.

 
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