Horario de los colegios electorales: ¿hasta qué hora se puede votar en las elecciones de Galicia 2024?
Más de 2.500.000 millones de gallegos están llamados a las urnas este domingo 18 de febrero
No queda nada para que los colegios electorales de Galicia cierren sus puertas este domingo 18 de febrero después de recibir a los más de dos millones y medio de gallegos llamados a las urnas en las elecciones autonómicas. Será este domingo cuando los gallegos decidan el futuro candidato al frente de la Xunta de Galicia tras la salida de Alberto Núñez Feijóo después de 13 años en el cargo. ¿Será Alfonso Rueda capaz de revalidar la hegemonía del Partido Popular, o dejará paso al BNG de Ana Pontón?
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Los colegios abrieron sus puertas para dar la bienvenida a los votantes más madrugadores a partir de las 9:00 horas de la mañana del domingo 18 de febrero. Si todo va según lo previsto, los censados podrán acudir hasta las 20:00 horas de esta misma tarde a votar presencialmente. Será a partir de ese momento cuando cierren las urnas y se proceda a realizar el recuento de los votos. A estos habrá que añadir los votos emitidos por correo y las papeletas enviadas por los electores con derecho a voto que residan en el extranjero.
Aquellas personas que hayan sido seleccionados para formar parte de una mesa electoral, ya sea en el papel de presidente, vocal o suplente, deberán estar presentes en los colegios desde las 8:00 horas, para proceder a la formación de las mesas.
¿Cómo saber en qué colegio y mesa electoral votar?
Desde el pasado 29 de enero, se enviaron las tarjetas censales en las que se informa del local y la mesa electoral en la que los electores deben acudir a votar. Estos se asignan en función del domicilio en el que se está empadronado, y las mesas electorales suelen ir repartidas por orden alfabético de los apellidos de los votantes.
En caso de no haber recibido la tarjeta censal en el buzón de tu domicilio, la información también se puede consultar en la página web del Instituto Nacional de Estadística (INE). Han preparado un portal a través del cual se puede conocer la información aportando el DNI electrónico, el certificado electrónico o la Cl@ve PIN. Otra opción es utilizar el teléfono gratuito de la Oficina del Censo Electoral —900 343 232—.
¿Qué necesitas para ejercer tu derecho al voto?
Para poder depositar tu voto en la urna, es necesario acreditar tu identidad con alguno de los documentos aceptados por los organismos organizativos. La papeleta del voto se puede llevar preparada de casa o elegir una en el propio colegio electoral a la hora de la votación. Estos son los documentos válidos para identificarse:
- Documento Nacional de Identidad
- Pasaporte
- Permiso de conducir
- Tarjeta de residencia si se es ciudadano de la Unión Europea
- Tarjeta de identidad, en el caso de las personas extranjeras procedentes de países con los que España haya suscrito un tratado de reciprocidad para el reconocimiento del derecho de sufragio