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La Plataforma en defensa da Pesca recurrirá la sentencia que avala las zonas de implantación de la eólica marina

Considera que la sentencia vulnera el derecho de defensa y el principio de precaución

GRAFCAV3261. ARMINTZA (BIZKAIA), 18/09/2023.-Prototipo (fondo) de aerogenerador de eólica marina flotante, anclado con cadenas al fondo marino y creado por Saitec entra en funcionamiento en el campo experimental de BIMEP en Armintza, en el que está conectado a la red eléctrica .EFE/Luis Tejido / LUIS TEJIDO (EFE)

A Coruña

La Plataforma en defensa da Pesca recurrirá ante el Tribunal Constitucional la sentencia del Supremo que avala el Real decreto sobre las zonas de implantación de la eólica marina que afecta de forma muy importante a las áreas de caladeros situadas frente a las costas de la zona norte de la provincia de A Coruña. Considera que se está produciendo una vulneración clara del derecho de defensa y el principio de precaución por la denegación de pruebas como los informes oficiales sobre los perjuicios de la eólica marina en sobre la actividad pesquera.

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Los magistrados de la Sala de lo Contencioso-Administrativo no aprecian desviación de poder o arbitrariedad y desestiman el recurso que presentó la Plataforma que denunciaba que el real decreto priorizaba la implantación de la energía eólica marina en «detrimento» del sector pesquero, ignorando «conscientemente la existencia de zonas de pesca preexistentes». La Sala considera improcedente la inclusión de informes del Instituto Español de Oceanográfico y el Ministerio de Agricultura que quería incluir la Plataforma. De ahí que desde el sector hablen de vulneración del derecho de defensa. Torcuato Teixeira es su portavoz y asesor jurídico de la Federación nacional de Cofradías de pescadores.

La plataforma advierte de que los caladeros de pesca son "especialmente sensibles" por lo que considera que el Tribunal Supremo se salta el principio de precaución al dar luz verde a la ordenación establecida por el gobierno en el mejor caladero de pesca de nuestra costa. Cuestiona que asegure que hay información suficiente sobre las consecuencias de la actividad de la eólica marina en el futuro de la actividad pesquera cuando el propio Ministerio asegura que falta "muchísima información".

Para el Supremo la actuación del gobierno evita la proliferación desordenada de la eólica marina y obliga a tener en cuenta en «todo momento» la actividad pesquera desarrollada en las zonas seleccionadas. Deja la resolución sobre la colisión de las dos actividades para el momento "de la autorización de los correspondientes proyectos, conforme a su legislación sectorial y ambiental».

Cree que se ha desarrollado "un complejo proceso de consulta y negociación entre los distintos sectores afectados", y considera que la Plataforma realiza una valoración "subjetiva".