Ratificada la condena a la CIG por vulnerar el honor de la empresa que contrató a los senegaleses que ayudaron a Samuel
La empresa acusó al sindicato de difundir un "relato falso"


A Coruña
La CIG, condenada por la intromisión ilegítima en el derecho al honor a la empresa Puertas Betanzos, no recurrirá el fallo, según han ratificado fuentes consultadas por Europa Press que han explicado que en virtud del mismo publicaron el comunicado que se exigía.
Ha sido después de que la organización sindical denunciase el despido por "coger vacaciones" de los dos hombres senegaleses que, en julio de 2021, trataron de auxiliar a Samuel Luiz, el joven que murió en A Coruña tras una brutal paliza en la calle por parte de un grupo de personas en la zona del paseo marítimo coruñés.
El Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 1 de Betanzos condenó a la CIG a emitir un comunicado con la parte dispositiva de la sentencia que recoja la intromisión ilegítima en el derecho al honor y a publicar la sentencia en su página web. Asimismo, impuso el abono en concepto de daño moral de una indemnización por los daños y prejuicios causados en la cuantía de 3.000 euros.
Puertas Betanzos denunció en la demanda que el sindicato "se sirvió de la notoriedad pública de los dos empleados senegaleses, conocidos por su intervención en defensa del joven Samuel Luiz, asesinado en el barrio coruñés del Orzán durante la agresión homófoba que le costó la vida en 2021, para dar mayor repercusión mediática a un relato falso, amplificando su impacto a costa de la reputación ajena".




