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Ratificada la multa a Vitrasa por ocultar información al comité y alterar el reparto de buses durante la huelga de 2023

La justicia afea a la concesionaria de transporte urbano de la ciudad la imposición unilateral de los servicios mínimos durante la huelga

Trabajadores de Vitrasa durante la huelga de 2023 / CIG

Trabajadores de Vitrasa durante la huelga de 2023

Una nueva resolución judicial pone el foco sobre la gestión de Vitrasa, la empresa concesionaria del transporte público en Vigo.

El Juzgado de lo Social número 4 de la ciudad ha desestimado la demanda interpuesta por la compañía contra la Consellería de Emprego, Comercio e Emigración, ratificando así una sanción por vulnerar el derecho fundamental a la huelga durante los paros de 2023.

El origen del conflicto

La Xunta de Galicia impuso originalmente una multa de 751 euros tras detectar irregularidades en el proceder de la empresa durante el conflicto laboral.

Vitrasa decidió recurrir esta sanción por la vía judicial, pero la magistrada ha sido contundente en su fallo, rechazando las pretensiones de la concesionaria y dando la razón a la Administración autonómica.

Los motivos de la sentencia

La sentencia subraya que Vitrasa incurrió en dos faltas graves durante el desarrollo de la huelga. Por un lado, el incumplimiento de servicios mínimos, ya que la empresa no respetó la distribución de vehículos asignados para cubrir las diferentes líneas de la ciudad.

Por el otro, la opacidad informativa, yal constatarse una falta de información deliberada hacia el comité de empresa respecto a la organización de los servicios y los horarios establecidos.

Sin facultad para imponer criterios propios

Uno de los puntos clave del fallo judicial reside en la extralimitación de funciones de la compañía. La jueza expone que Vitrasa no tenía la facultad para imponer de manera unilateral los servicios mínimos.

Según el dictamen, la empresa debía ceñirse estrictamente a la resolución aprobada por el Concello de Vigo en mayo de 2023, la cual marcaba la hoja de ruta para garantizar la movilidad ciudadana sin pisar los derechos de los trabajadores.

Esta sentencia es firme. Al tratarse de una resolución contra la que no cabe recurso, pone fin a esta disputa administrativa específica, dejando constancia legal de las malas prácticas en la organización del servicio durante el pasado ejercicio.

 

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