El juez exculpa a los presidentes de Repsol y Caixabank del contrato a Villarejo para espiar Sacyr
Cierra la investigación y atribuye la responsabilidad de la contratación del comisario jubilado a los jefes de seguridad de ambas compañías, mientras que no observa indicios de delito contra sus superiores, Antoni Brufau o Isidro Fainé, ni respecto a las empresas como personas jurídicas
Madrid
El juez de la Audiencia Nacional, Manuel García Castellón, ha concluido la investigación de la pieza separada del caso Tándem que analizaba la contratación del comisario jubilado, José Manuel Villarejo, para espiar al presidente de Sacyr, Luis del Rivero, con el objetivo de evitar que tomase el control de Repsol gracias al respaldo de la petrolera mexicana, Pemex.
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El magistrado archiva la imputación contra los presidentes de Repsol y Caixabank, Antoni Brufau e Isidro Fainé respectivamente, así como las propias empresas y contra diversos directivos de ambas entidades, y responsabiliza solo a los directores de seguridad de estas compañías, Miguel Fernández Rancaño y Rafael Girona. Propone juzgar a ambos por estos hechos, además de al propio Villarejo, al exjefe de la UCAO de la Policía Nacional, Enrique García Castaño y al socio del comisario jubilado, Rafael Redondo.
El juez García Castellón sostiene que “no hay indicios ni sospechas” de que Brufau y Fainé dieran la orden de contratar a Villarejo. Ni siquiera de que conocieran que había sido contratado o de que alguien les hubiera informado de los resultados de sus pesquisas o los pagos por más de 400.000 euros efectuados a Cenyt, la empresa del comisario.
Delitos de cohecho pasivo, cohecho activo y descubrimiento y revelación de secretos
El magistrado, que llega a esta conclusión tras la práctica de numerosas pruebas, subraya que fueron los directores de seguridad de Repsol y Caixabank quienes se reunieron en varias ocasiones con Villarejo y Redondo desde 2011, para obtener información ilícita sobre Luis del Rivero, su esposa, el jefe de seguridad de Sacyr y el antiguo director financiero de Repsol YPF.
Además, no observa responsabilidad en las empresas Repsol y Caixabank como personas jurídicas, porque “sin género de dudas” en el momento de la contratación contaban con un modelo de prevención de delitos y cumplían con los requisitos previstos en la ley, por lo que no se les puede atribuir los delitos investigados en este procedimiento.
Para el juez, los hechos serían constitutivos de los delitos de cohecho pasivo, atribuibles a Villarejo y su socio Redondo; cohecho activo en el que incurrieron los jefes de seguridad Rancaño, Girona y Araujo; y descubrimiento y revelación de secretos, cometidos por Villarejo, Redondo y el comisario García Castaño.