Huelga de easyJet este verano: fechas de los posibles vuelos cancelados y derechos de los consumidores
Los clientes afectados por la huelga podrán reclamar un mínimo de 250 euros a la aerolínea como compensación
El sindicato USO ha convocado nueve jornadas de huelga el próximo mes de julio para los tripulantes de cabina de pasajeros (TCP) de easyJet en España con el fin de desbloquear la negociación del II Convenio Colectivo. Los paros están convocados para los días 1, 2, 3, 15, 16, 17, 29, 30 y 31 de julio, con una duración de 24 horas, en las bases que tiene la aerolínea en España: Barcelona-El Prat, Málaga y Palma de Mallorca, que cuentan con seis, siete y cinco aviones, respectivamente.
Cabe esperar que durante estas fechas se provoquen cancelaciones de vuelos y retrasos, aunque todavía no se ha especificado qué trayectos se verán afectados. Además, más allá de la huelga, la aerolínea anunció el pasado 20 de junio que tiene entre sus planes recortar vuelos este verano. La compañía de bajo coste ya había indicado previamente que entre los próximos julio y septiembre operaría alrededor de un 97 % de sus servicios frente a los niveles registrados antes de la pandemia, si bien ahora matizó que el porcentaje será del 90%. En cualquier caso, la compañía asegura que avisará a los pasajeros afectados con tiempo y les ofrecerá la posibilidad de realizar una nueva reserva en vuelos alternativos.
La convocatoria de USO, que tiene afiliado al 80% de los tripulantes sindicados, estaría dirigida a 450 trabajadores de la aerolínea, según han explicado los representantes sindicales en rueda de prensa este martes. El secretario general de USO en easyJet Málaga, Miguel Galán, ha lamentado que la aerolínea no tiene interés en negociar la mejora de las condiciones laborales de los tripulantes en España, criticando su actitud "poco responsable y razonable".
Galán ha explicado que, actualmente, los tripulantes de easyJet en España tienen un salario base de 950 euros, que son 850 euros menos que el salario base de Francia o Alemania: "Rozando el salario mínimo interprofesional". "Llegar al nivel de nuestros compañeros en Francia supondría un aumento del 80%, que entendemos imposible ante la actual situación económica", ha añadido. Por tanto, el sindicato pide una subida de alrededor del 40% del salario base, a lo que se sumaría el complemento por el número de horas de vuelo.
Entre otras mejoras que USO reivindica para el nuevo convenio están el incremento del salario básico, incluir el pago de complemento por antigüedad, un incremento salarial según el IPC, retribución de las horas de formación, abono de los costes de manutención de los tripulantes en los "cursos de refresco" fuera del territorio nacional. A estas medidas se unen la limitación de vuelo similar a la de otros países para favorecer el descanso de las tripulaciones y la conciliación, la renovación anual de toda la uniformidad y que se incluya también el calzado.
Hasta 600 euros de compensación
En caso de que los consumidores se vean afectados por la huelga, como puede pasarles también a los clientes de Ryanair, Air France y Transavia, Facua recuerda que tienen derecho a compensaciones de al menos 250 euros y a la devolución del importe del billete y de los gastos que pudieran haber tenido que hacer frente si su vuelo resultase cancelado.
A este respecto, el Reglamento Europeo 261/2004 establece una serie de compensaciones en caso de cancelación de los vuelos. El artículo 7 de la normativa recoge que "los pasajeros recibirán una compensación por valor de 250 euros para vuelos de hasta 1.500 kilómetros, 400 euros para los intracomunitarios de más de 1.500 kilómetros y para todos los demás entre 1.500 y 3.500, y 600 euros para el resto de vuelos".
Además, los pasajeros pueden reclamar los daños materiales que esa huelga les ocasionara, como la pérdida de noches de hotel o entradas a espectáculos, según explica Ana Rodríguez, directora de operaciones de reclamador.es. Por otra parte, la aerolínea también está obligada a ofrecer alojamiento y comida si fuera necesario.
Facua remite una sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) de abril de 2018, que determinó que una huelga de trabajadores no se considera dentro del concepto "circunstancias extraordinarias", que exime de entregar las cantidades, por lo que la compañía tampoco puede negarse a las compensaciones que se le exijan.
Como excepciones, la aerolínea no debe entregar dichas compensaciones si informa a los usuarios de la cancelación "al menos con dos semanas de antelación con respecto a la hora de salida prevista" o "se les informe de la cancelación con una antelación de entre dos semanas y siete días con respecto a la hora de salida prevista y se les ofrezca un transporte alternativo que les permita salir con no más de dos horas de antelación con respecto a la hora de salida prevista y llegar a su destino final con menos de cuatro horas de retraso con respecto a la hora de llegada prevista".
Tampoco si se les informa "con menos de siete días de antelación con respecto a la hora de salida prevista y se les ofrezca tomar otro vuelo que les permita salir con no más de una hora de antelación con respecto a la hora de salida prevista y llegar a su destino final con menos de dos horas de retraso con respecto a la hora de llegada prevista".
Conforme al artículo 7, la compañía podría reducir estas compensaciones en un 50% en el caso de que ofrezca un transporte alternativo al pasajero con una diferencia de hora de llegada con respecto a la del vuelo inicial "que no sea superior a dos horas, para todos los vuelos de 1.500 kilómetros o menos", "que no sea superior a tres horas, para todos los vuelos intracomunitarios de más de 1.500 kilómetros y para todos los demás vuelos de entre 1.500 y 3.500 kilómetros" o "que no sea superior a cuatro horas" para el resto de vuelos.