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¿En en qué consiste la nueva ley de extranjería que ha entrado en vigor este lunes?

Este lunes ha sido el primer día de la reforma aprobada por el Gobierno, e impulsada Ministerio de Seguridad Social y Migraciones, que busca incorporar al mercado laboral a miles de personas migrantes que se encuentran en España

El ministro de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, José Luis Escrivá, defiende que la reforma del Reglamento de extranjería favorecerá que se cubran puestos de trabajo vacantes por falta de profesionales nacionales, lo que permitirá reactivar la economía / FERNANDO ALVARADO (EFE)

Tras varios meses de negociaciones, José Luis Escrivá logró convencer al resto de representantes ministeriales para que su reforma de la ley de extranjería saliese a votación al Congreso, donde finalmente recibió una luz verde que fue ratificada en el Senado. Así, 20 días después de su publicación en el Boletín Oficial del Estado, la nueva norma ha entrado en vigor y, según confía el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, promete traer grandes cambios al mercado laboral español.

Concretamente, el ministro explicó que "por la propia naturaleza del fenómeno subyacente es imposible hacer una estimación (del número de afectados), que tampoco es el objetivo de la reforma. El objetivo es modernizar el modelo migratorio para que se propicie la migración regular y segura en toda circunstancia", en la rueda de prensa posterior a la reunión del Consejo de Ministros del pasado 26 de julio. La realidad es que afectará tanto a inmigrantes que se encuentran en España en situación irregular, como a personas que pueden ser contratadas en su país de origen.

Sin embargo, esta reforma no cuenta con el apoyo de sindicatos, que han manifestado públicamente que no han sido consultados, ni con el movimiento 'Regularización Ya', que mostró algunas diferencias sobre la composición de la norma, a pesar de que ambos la apoyan a grandes rasgos.

¿Cuáles son las principales novedades?

En primer lugar, los aspectos que reforma con relación a la ley vigente son dos, además de la creación de una nueva figura. Pretende racionalizar y actualizar las figuras del arraigo social y laboral y por reagrupación familiar y crea una nueva figura de arraigo por formación, para permitir a migrantes que lleven dos años en España y quieran formarse en profesiones particularmente deficitarias, que puedan hacerlo. Además, permitirá trabajar a los extranjeros con autorización de residencia por estudios.

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En el caso del arraigo laboral, se limita la figura preexistente para personas que se encuentran en situación irregular pero han realizado una actividad laboral en situación regular durante los dos últimos años, mientras que se crea una nueva modalidad de autorización que fomenta la figura del confidente y la lucha contra la economía sumergida, mediante la acreditación de 6 meses de trabajo irregular.

En cuanto al arraigo social, el contrato que se presente para solicitar la autorización no se valorará por su duración, sino por su adecuación al Salario Mínimo Interprofesional (SMI). Además, este podrá ser inferior de mínimo 20 horas en los casos que se acredite menores a cargo y la reforma también flexibiliza la posibilidad de presentar varios contratos.

La nueva figura de arraigo por formación

Para poder acogerse a este arraigo por formación, la persona extranjera deberá comprometerse a realizar una formación reglada para el empleo, y aunque podrá formarse en el sector o profesión que deseen -también será válida la formación ocupacional que imparte el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE)-, tendrán más facilidades si lo hacen en sectores donde hay más demanda de trabajadores. Este punto es importante porque para obtener el permiso de residencia deberán acreditar que han firmado un contrato de trabajo.

Por otro lado, con la reforma se corrige una "anomalía" que había en España, pues se va a "facilitar el trabajo al terminar sus estudios a 50.000 extranjeros"; y también se modernizan los requisitos de acceso al trabajo autónomo, que eran "extraordinariamente complejos", según Escrivá.

Igualmente, se "reformula" el catálogo de trabajos particularmente demandados "para que se puedan generar contrataciones en origen en las situaciones que así lo justifiquen por la evolución del mercado laboral" y se "perfecciona el modelo de migración estacional (circular)", todo ello acompañado de "una mejora en la gestión reduciendo trámites y haciendo que las cargas administrativas sean más razonables".

¿Cómo afecta a los jóvenes y estudiantes extranjeros?

La reforma mejora la normativa para favorecer la permanencia de los estudiantes extranjeros en España: se les permitirá compaginar la formación con el trabajo y se eliminan las restricciones que tienen ahora para incorporarse al mercado laboral tras acabar los estudios.

Así, se permite que los estudiantes compaginen trabajo y formación, siempre que sean compatibles con los estudios realizados y no superen las 30 horas semanales, mientras que se eliminan las restricciones a la incorporación de los estudiantes al mercado laboral tras la finalización de los estudios, ya que hasta ahora era necesaria una estancia de tres años en España para poder obtener un permiso de trabajo.

El Gobierno descarta un "efecto llamada"

Por último, el Ejecutivo no cree que este cambio provoquen un "efecto llamada" con esta nueva figura del arraigo por formación ya que la persona extranjera tiene que llevar residiendo al menos dos años en España y tiene que comprometerse y, posteriormente, acreditar un compromiso de formación. Sí espera que ayude a "evitar la economía sumergida" y a cubrir las necesidades del mercado laboral, más aún teniendo en cuenta las "tasas de envejecimiento" de la población.

Además, en una entrevista en El País, el propio Escrivá indicó: "Hay numerosos estudios que a lo largo del tiempo han demostrado que los cambios legales en los procesos de migración regular e irregular no parecen ser un foco determinante".

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