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Todos los detalles del nuevo impuesto a la banca y las energéticas que está más cerca de aprobarse

La proposición de ley busca gravar a las empresas de energía con un 1,2% en sus ventas y a las entidades financieras con un 4,8% sobre sus comisiones e ingresos

Sesión del Congreso de los Diputados este martes. / Europa Press News

Sesión del Congreso de los Diputados este martes.

Madrid

El Congreso de los Diputados ha aprobado este martes por la tarde el primer paso para tramitar el impuesto extra a la banca y a las compañías eléctricas, con el voto en contra del PP, Ciudadanos y Vox. La proposición de ley, promovida por el PSOE y Unidas Podemos, plantea gravar a las empresas del sector energético con un 1,2% en sus ventas y aplicar un tipo del 4,8% sobre las comisiones e ingresos netos de las entidades financieras. El objetivo es frenar la crisis energética, derivada, entre otros motivos, por la guerra de Ucrania y la escalada de los precios.

Según la proposición de ley, estos gravámenes se van a configurar como prestaciones patrimoniales de naturaleza pública y carácter no tributario, como se recoge en el artículo 31.3 de la Constitución. En términos generales, el impuesto busca gravar más en función de cuanto sea la cuota de mercado de estas empresas. Se calcula que afectará a una veintena. Es una manera de que compañías que ganan más contribuyan también más socialmente. Esta tasa extra tiene diferentes particularidades en cada uno de los sectores.

Para eléctricas, gasistas y petroleras

La norma prevé gravar con un 1,2% extra a las energéticas, un importe que afectaría a la cifra de negocio anual, es decir, a las ventas. Las empresas tendrán que abonarlo, de manera obligatoria, entre el 1 de enero de 2023 y de 2024. Un 1,2% que se cifrará en función de las ganancias del ejercicio anterior. Si se aplaza el pago a septiembre de 2023 y 2024, las compañías tendrán que adelantar la mitad del 1,2% en febrero.

El impuesto no lo van a tener que pagar todas las empresas del sector. Quedan exentas del pago aquellas que no lleguen a las 1.000 millones de euros de ganancias. El corte se fijará con respecto a las cifras de 2019 (se excluye 2020 y 2021 por la volatilidad de los años afectados por el covid). También se libran de la tasa aquellas compañías que tengan una actividad energética marginal, es decir, si la parte energética no alcanza el 50% del importe neto de la cifra del negocio global.

Los operadores afectados, según baraja el Gobierno, son los principales que publica la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) cada año, lo cual deja fuera a otras pequeñas compañías. Los obligados a pagar serán grupos fiscales por lo que se deberá acudir a la cifra consolidada de dicho grupo. Quedan fuera las operaciones intra-grupo y solo afectará a actividades y operaciones españolas, no a entidades del exterior.

A efectos fiscales, este nuevo impuesto no será deducible y tampoco se puede trasladar al cliente. En caso de que algún operador lo hiciera, se impondría una sanción del 150% del importe trasladado a cliente y también se expondría a controles y apertura de expedientes por parte de la CNMC.

Para la banca

El pago también se debe efectuar el 1 de enero de 2023 y 2024 e igualmente con referencia a cifras del ejercicio anterior, con referencia a la cifra de negocio de 2019 (pre-pandemia). Si se decide pagar en septiembre, se debe abonar el 50% en febrero. El principal cambio con respecto a las energéticas es en el importe de la tasa que en el caso de las entidades financieras son de un 4,8%.

Se grava, por un lado, el margen de intermediación, es decir, los intereses netos y comisiones netas. Por otro lado, los beneficios obtenidos por intereses y por comisiones. Las operaciones de filiales en el exterior quedan exentas de la tasa. También quedan fuera las entidades con menos de 800 millones de euros de cifra de negocios.

Al igual que para la energéticas, este gasto no se puede deducir a efectos fiscales y no se puede trasladar al cliente. En caso de que eso suceda, se establece una sanción del 150% de lo que se ha pedido al cliente y queda en manos de la CNMC que podrá realizar control e incoar expedientes, sin perjudicar las competencias del Banco de España.

Justificación del Gobierno

El Ejecutivo asegura que está medida se toma como "refuerzo del pacto de rentas", porque los gastos de personal de estas compañías son menores que las demás y por ello contribuyen menos al pacto de rentas. Esta es una prestación finalista, que refuerza la capacidad del sector público de adoptar medidas paliativas en refuerzo de ese pacto. La intención del Gobierno es que la norma, susceptible a enmiendas, esté aprobada antes de final de año.

El PP ha presentado su propio paquete de medidas de ahorro energético porque no comparte las propuestas de PSOE y Unidas Podemos. Un documento que están estudiando en el Ejecutivo.

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