Estos son los nombres que no le puedes poner a un recién nacido en España, según la ley
No todo vale
Madrid
Hace apenas unas horas, una jueza de Vitoria (Álava) se negaba a aceptar el nombre que unos padres habían elegido para su hija al considerar que puede ser ofensivo para la misma. A pesar de que sus padres habían escogido el nombre 'Hazia' ('Semilla' en euskera) haciendo referencia a que "ellos ponen su semilla desde el amor a sus hijos", la jueza ha impedido que le pongan este nombre haciendo hincapié en las otras acepciones que tiene dicha palabra. Porque, a pesar de que comúnmente se utilice para decir 'Semilla', 'Hazia' también puede utilizarse para decir 'Esperma' o "Crianza".
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En su lugar, la magistrada ha decidido que 'Hazia' se llame finalmente 'Zia'. Un nombre, procedente del latín, que tiene el mismo significado que el que habían elegido sus padres en euskera. A pesar de que uno de los miembros de la Real Academia de la Lengua Vasca le aseguró a la familia que no había ningún problema en usar ese nombre, la jueza ha acabado impidiendo que la niña se llame 'Hazia' al considerarlo ofensivo para la misma. ¿Cuáles son los nombres prohibidos? Para salir de dudas tenemos que acudir al artículo 54 de la Ley del 8 de junio de 1957 del Registro Civil, donde se establece qué tipos de nombre no se le puede poner a un recién nacido en España.
Una jueza de Vitoria se niega a aceptar el nombre que unos padres habían elegido para su hija: "La primera que ve vulnerados sus derechos es la niña"
Estos son los nombres prohibidos en España
Según recoge este artículo, no podrán consignarse más de dos nombres simples o más de uno compuesto. De esta manera, está terminalmente prohibido poner tres nombres en el DNI. También quedarán prohibidos aquellos nombres que objetivamente perjudiquen a la persona, los que hagan confusa su identificación y los que induzcan a error en cuanto al sexo. De esta manera, no podrás ponerle nombres como Hitler, Judas u Osama Bin Laden. Tampoco otros como Tonto o Caca, ya que podrían perjudicar a al persona en un futuro. Algo que ha llevado a la jueza a impedir que esta pareja le ponga Hazia como nombre a su hija, ya que la acepción de Semen podría acarrearle consecuencias en el futuro.
Por otro lado, el artículo 54 de la Ley del 8 de junio de 1957 del Registro Civil también recoge que no puede imponerse al nacido un nombre que ostente uno de sus hermanos a no ser que hubiera fallecido. Tampoco podrá ponerse la traducción de este nombre a otro lengua. A pesar de que no quede registrado por ley, podrías tengas problemas si intentas ponerle a tu bebé el nombre de alguna marca o firma comercial como puede ser Apple o Mercadona. También si pretendes llamar a tu hijo como alguna personalidad tanto real como ficticia. Es bastante probable que te impidan ponerle de nombre Indiana a un niño que se apellide Jones. Sin embargo, el hecho de cumplir todos estos puntos no evita una posible polémica ante un juez porque el hecho de determinar si algo puede ser ofensivo o no es subjetivo.
El caso de 'Lobo'
Hace ya varios años, concretamente en 2016, una pareja de Madrid decidió llamar 'Lobo' a su bebé. Sin embargo, el juego se lo impidió al considerar que podría ser ofensivo para el bebé en el futuro. A pesar de que ellos quisieron ponerle este nombre por el amor que profesaban por este animal, el juez determinó que no era posible.
A pesar de que otros nombres como Paloma, León o Delfín están aceptados, el magistrado se negaba a darle validez a este nombre. No fue hasta varios días más tarde, cuando el caso ganó una importante repercusión a nivel nacional, cuando el director general de los Registros y del Notariado, Javier Gómez Gálligo, anunciaba que Lobo era admitido como nombre en el registro.
David Justo
(Astrabudua, 1991) Periodista especializado en...