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La Fiscalía del Supremo descarta revisar la condena a Junqueras tras la reforma del Código Penal

El Ministerio Público pide que se mantenga la condena de inhabilitación a Oriol Junqueras, Raül Romeva, Jordi Turull y Dolors Bassa y revisa las de Carme Forcadell, Joaquin Forn, Josep Rull y 'los jordis' para los que pide ajustar la prohibición de ejercer cargo público

El presidente de la formación independentista catalana Esquerra Republicana de Catalunya (ERC), Oriol Junqueras / JOSEP LAGO

Madrid

La Fiscalía del Tribunal Supremo ha presentado el escrito para acomodar la reforma del Código Penal a los nueve líderes independentistas y descarta revisar la condena a Oriol Junqueras, Raül Romeva, Jordi Turull y Dolors Bassa. Accede a la revisión en los casos de Carme Forcadell, Joaquin Forn, Josep Rull, Jordi Sànchez y Jordi Cuixart. Todos ellos ya fueron indultados de la pena de prisión por el Gobierno.

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Los fiscales del procés insisten en que la reforma del Código Penal no supone que se haya despenalizado el referéndum ilegal del 1 de octubre y que es de aplicación la desobediencia y el nuevo delito de desórdenes públicos que quedaron absorbidos en la sentencia condenatoria por el de sedición, ahora derogado. "Si no se aplica el delito de desórdenes públicos ello significa que no existió sedición, pues estos disturbios contra el orden público fueron el trayecto seguido en el iter criminis para conseguir la desobediencia, la realización del referéndum ilegal y la proclamación de independencia", dice el escrito.

La Fiscalía también descarta aplicar los nuevos tipos atenuados del delito de malversación. Dice el Ministerio Público que hay ánimo de lucro porque "no solo se integra por la obtención de un beneficio económico propio para el autor o para un tercero, sino también por la consecución de cualquier otro beneficio, ventaja o satisfacción como sucede cuando apropiándose de los fondos públicos estos son destinados a fines delictivos, hecho este que no puede tener encaje normativo en el tipo atenuado o privilegiado".

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El escrito sostiene que la pena de prisión ha quedado extinguida con el indulto y que solo procede revisar las penas de inhabilitación cuando sea más favorable al reo. Cosa que no ocurre con Junqueras, Romeva, Turull y Bassa porque sumando las penas de inhabilitación de los nuevos delitos que se les atribuyen: desórdenes públicos, desobediencia y malversación "devendría una pena mayor y desfavorable respecto de la impuesta en la sentencia que respeta la hoquilla de la nueva penalidad".

DECISIÓN DEL SUPREMO POSICIÓN DE LA FISCALÍA
JUNQUERASPena de 13 años de inhabilitación absolutaNo revisión
ROMEVA, TURULL Y BASSAPena de 12 años de inhabilitación absolutaNo revisión
FORCADELLPena de 11 años y 6 meses de inhabilitación absolutaRevisión a 9 años y 2 meses de inhabilitación (desórdenes públicos y desobediencia)
FORN Y RULLPena de 10 años y 6 meses de inhabilitación absolutaRevisión a 8 años y 2 meses de inhabilitación (desórdenes públicos y desobediencia)
'LOS JORDIS'Pena de 9 años de inhabilitación absolutaRevisión a 5 años de inhabilitación especial para empleo o cargo público (desórdenes públicos)

Sí procede revisar las condenas a Forcadell, Forn, Rull, Jordi Sànchez y Jordi Cuixart, aunque les impone penas de inhabilitación muy elevadas que van desde los cinco hasta los nueve años. Cinco años, la máxima posible, para 'los jordis' por su "destacada participación en la dirección y agitación de las masas causantes de las alteraciones del orden público". 9 años y 2 meses sin poder ejercer cargo público para la expresidenta del Parlament, Carme Fordadell, y un año menos para Forn y Rull por la desobediencia reiterada a las resoluciones y advertencias del Tribunal Constitucional.

Pedro Jiménez

Pedro Jiménez

Redactor Jefe en la Cadena SER. Antes he pasado por los equipos de Hora 14, Radio Madrid, Fin de Semana,...

 
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