La justicia rechaza suspender el impuesto temporal a energéticas y bancos
La Audiencia Nacional falla en contra de Repsol, que pretendía suspender cautelarmente el pago del gravamen temporal a las empresas del sector energético y a las entidades de crédito, reclamado por el Gobierno
Madrid
La sección séptima de la Sala de lo Contencioso-Administrativo, presidida por el magistrado José Guerrero Zaplana y también compuesta por Felipe Fresneda Plaza y María Yolanda de la Fuente Guerrero, considera que la suspensión de la orden ministerial pretendida por Repsol, ocasionaría un "grave perjuicio al interés general", al hacer "imposible" la recaudación de este impuesto temporal destinado a quienes tienen mayor capacidad económica: empresas energéticas y entidades de crédito.
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Aceptar las pretensiones de Repsol, dice el tribunal, supondría la "petrificación" del ordenamiento jurídico, puesto que se estaría paralizando la aplicación de una ley, respecto a la que la Sala nada tiene que decir porque carece de competencias para anular ese tipo de normas.
La Sala ha acordado por unanimidad de sus tres miembros esta decisión, e impone a Repsol el pago de las costas del proceso.