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Economía y negocios | Actualidad

La Audiencia Nacional determina que los profesores en centros privados no pueden ser fijos discontinuos

Según la sentencia judicial, la actividad del personal docente no se corresponde con una actividad estacional, como pretendía argumentar la parte demandante

Un profesor dando clase. Archivo. / UPCT

Madrid

Los meses de julio y agosto para los escolares son meses de ocio, de vacaciones. Pero no para los profesores. Es una de las argumentaciones de la Audiencia Nacional para rechazar que se hagan contratos fijos-discontinuos en a los profesores y profesoras de colegios privados: "Es la práctica habitual en muchos centros privados", asegura Pedro Ocaña, Secretario de Privada y Servicios Socioeducativos de la Federación de Educación de CCOO.

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Según la Audiencia Nacional la actividad del personal docente no se corresponde con una actividad estacional, como pretendía argumentar la parte demandante, Asociación de Centros Independientes y Familiares de la Enseñanza ACIFE. Esta asociación quería anular la modificación realizada en el XI Convenio Colectivo Nacional de Centros de Enseñanza Privada por la que se impedía utilizar la modalidad contractual del fijo discontinuo para el personal docente que imparte actividad curricular.

Fraude de ley

La sentencia de la Audiencia Nacional, además recoge la doctrina establecida en la sentencia del 3-6-1994 por el Tribunal Supremo por la que se dice que "la actividad de la enseñanza general básica es en sí misma una actividad permanente y no cíclica".

Además, impone una multa por temeridad de 1.000 euros a los demandantes al afirmar que pretenden "que el Tribunal convalide un evidente fraude de ley, anteponiendo los intereses económicos de los centros a los derechos laborales y salariales del personal afectado".

Desde CCOO celebran la sentencia, y consideran que supone un espaldarazo para generar estable y de calidad en la educación privada a través de la contratación indefinida.