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Sociedad

Los trabajadores ya no tendrán que entregar la baja laboral: todos los cambios que entran en vigor este sábado

Los trabajadores quedarán liberados de la obligación de ser ellos quienes entreguen el parte de baja médica a su empresa.

Los trabajadores ya no tendrán que entregar la baja laboral: todos los cambios que entran en vigor este sábado

Los trabajadores ya no tendrán que entregar la baja laboral: todos los cambios que entran en vigor este sábado

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Madrid

Se acabó tener que llevar los papeles de la baja laboral. Desde este 1 de abril los trabajadores quedan liberados de esa obligación y será la Administración quien se encargue de ello. Se trata de una de las medidas aprobadas por el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones a través de un real decreto al que dio luz verde el Consejo de Ministros a finales de diciembre del año pasado.

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¿Cómo se hará el trámite?

A partir de ahora, el médico solo entregará una copia del parte de baja, confirmación o alta al paciente. El servicio público de salud o la mutua remitirán los datos al Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) que, a su vez, comunicará a la empresa el parte médico del trabajador. Este cambio se aplicará a todas las bajas que se inicien desde el 1 de abril o a las que en este momento se encuentren en curso y no superen los 365 días de duración. Una vez el médico comunica la baja el alta a la Seguridad Social, al día siguiente que sea hábil la administración tiene que informar a nuestra empresa. Y después la empresa tendrá 3 días hábiles para dar a la Seguridad Social los datos que le reclamen sobre el trabajador.

El médico podrá adelantar el alta

Otro cambio importante del nuevo Real Decreto es que se podrán adelantar las revisiones médicas, saltándose los plazos que se marcaban hasta ahora. Con esta flexibilidad en los tiempos, la baja podría durar menos tiempo que el previsto inicialmente. Por ejemplo, las bajas que se dan de entre cinco y treinta días deberán tener una primera visita antes de que pasen siete días, pero el médico nos podrá revisar antes si lo considera necesario. En los procesos entre 31 y 60 días, el máximo de espera hasta la siguiente revisión es igualmente de una semana, mientras puede alargarse hasta 14 días para las bajas más largas.

Objetivo: agilizar los trámites

El objetivo es no cargar de gestiones al trabajador enfermo. "De este modo, se evitan a la persona trabajadora obligaciones burocráticas que, precisamente por estar en incapacidad temporal, pueden resultarle gravosas", explica el texto del Real Decreto, que recuerda también cómo la pandemia del Covid llevó a esta situación. Sin embargo, el problema puede venir a la hora de hacer los trámites en la Seguridad Social, que arrastra un déficit de unas 10.000 personas en su plantilla, según la Asociación Española de Directores de Recursos Humanos (AEDRH). Una preocupación a la que se suman sindicatos como UGT. "La implementación correcta de este proceso puede verse dañada por ese déficit de personal", dice Patricia Ruiz, secretaria confederal de UGT.

Baja por reglas dolorosas, a partir de junio

Las mujeres que sufran reglas dolorosas e incapacitantes podrán pedir a su médico la nueva baja laboral, que estará financiada íntegramente por el Estado, a partir del próximo 1 de junio, según recoge la ley del aborto aprobada el pasado mes de febrero. Para ello, las mujeres deberán ser diagnosticadas por su médico de cabecera de menstruaciones especialmente dolorosas o dismenorreas.

Hablamos de los dolores que produce la menstruación en las mujeres

11:05

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Sonia Palomino

Sonia Palomino

Redactora en los servicios informativos del fin de semana. En la Cadena Ser desde el año 2011. Ha cubierto...

 
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