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La advertencia de Hacienda sobre las ventas de Wallapop, Milanuncios o Vinted en la declaración de la renta

Cada vez más usuarios venden productos en estas plataformas de segunda mano, pero no todos saben que, en algunos casos, es necesario declarar las ventas

Las ventas en Wallapop, Vinted o Milanuncios también deben declararse si cumplen determinados requisitos. / Cadena SER

Las plataformas de compra y venta de productos están en auge. Cientos de usuarios utilizan estas páginas o aplicaciones móviles como Milanuncios, Vinted, Wallapop o eBay para comprar o vender todo tipo de productos, desde ropa sin usar o de segunda mano, electrónica, muebles o coches. Así, los vendedores ponen a la venta de forma sencilla y rápida todos aquellos artículos que ya no utilizan, obteniendo un ingreso extra.

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¿Hay que declarar las ventas en Milanuncios, Wallapop o Vinted?

La Agencia Tributaria no pasa por alto estos ingresos y cada vez son más los españoles que se preguntan si deben declararlos en la campaña de la renta. Pues bien, por lo general, la venta de artículos por Internet se considera una transacción como otra cualquiera. La obtención de ingresos a través de estas plataformas digitales se trata de una ganancia patrimonial, por lo que sí deberían incluirse en tu declaración según una serie de criterios.

Sin embargo, solo es obligatorio declarar aquellos ingresos con los que se haya obtenido un beneficio, es decir, si se ha vendido un producto en estas plataformas de compraventa por un precio superior al que se adquirió en primer lugar. No es lo normal con los artículos de segunda mano, pero puede ser el caso si se trata de la venta de artículos de coleccionista, si se ha puesto a la venta un producto del que hay más demanda que oferta o si su antigüedad ha aumentado su valor, entre otros motivos.

En el caso de tener que declarar este tipo de ingresos, es importante tener en cuenta que el porcentaje de tributación variará en función del beneficio. De acuerdo con el Tesoro Público Español, si la ganacia es superior a 6.000 euros tributará al 19%, mientras que el gravamen será del 21% entre 6.000 y 50.000 euros, del 23% entre 50.000 y 200.000 euros, del 27% entre 200.000 y 300.000 euros y del 28% para todas las rentas que excedan esta última cuantía.

Ojo con las ventas habituales

Aunque tus ingresos sean inferiores a los anteriormente mencionados, existe una posibilidad en la que Hacienda exija al vendedor a tomar medidas. Si tus ventas son habituales, y por tanto, el volumen de transacciones económicas a través de estas plataformas digitales es muy elevado y se obtienen ingresos superiores al salario mínimo interprofesional (1.080 euros brutos mensuales en 14 pagas), la Agencia Tributaria lo considera un vendedor habitual y puede requerir que se dé alta como autónomo.

¿Cómo justifico que no hay ganancia patrimonial?

Sea el vendedor un particular o un profesional, desde Tax Down recomiendan llevar un registro de todo lo que se vende y, sobre todo, guardar justificante de todas las ventas. "Todo ello para que, en caso de revisión por parte de Hacienda, no tengamos que computar la venta como una ganancia patrimonial, ya que, si esto ocurre, el precio de compra como no lo podemos justificar será cero y tributaremos por el valor total de venta del producto que hemos vendido", aclaran.

Aparte de esta vía, existe otra forma —más compleja— de justificar que no se ha producido ganancia patrimonial. "Si no tenemos los recibos, podríamos intentar argumentar mediante otros medios de prueba su valor de compra (encontrar el precio del producto en el momento en el que lo compraste en internet)", señala Tax Down. No obstante, puede que Hacienda "entienda que no quede debidamente justificado y tengamos que pagar impuestos por la ganancia, en su totalidad".

Declaración de la renta: manual de instrucciones