¿Cómo se declara el Ingreso Mínimo Vital en la declaración de la renta 2022-2023?
Todos los beneficiarios del IMV están obligados a presentar declaración, pero sólo algunos tendrán que declarar sus ingresos
La campaña de la renta sigue su curso. Los más madrugadores —normalmente, quienes no tienen más que revisar su borrador y presentarlo sin hacer grandes cambios— ya han presentado su declaración. Sin embargo, lo que es un trámite fácil y rápido para algunos contribuyentes puede convertirse en un verdadero quebradero de cabeza para otros.
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Es el caso de muchos de quienes han percibido el Ingreso Mínimo Vital (IMV), una ayuda de la Seguridad Social para prevenir el riesgo de pobreza de la que se benefician más de un millón y medio de españoles.
¿Tengo que declarar el Ingreso Mínimo Vital?
Los beneficiarios del Ingreso Mínimo Vital deberán presentar, siempre, declaración de IRPF, con independencia de la cuantía de sus ingresos. "El IMV en sí mismo es una renta exenta y la gran mayoría de los beneficiarios no tendrán que incluirlo en su declaración, pero sí presentar declaración", explica la Agencia Tributaria.
En la gran mayoría de estos casos , la declaración será muy sencilla, al no haber ingresos que incorporar. Lo habitual es que la cuota sea cero (ni a ingresar, ni a devolver), de manera que, si no se ha obtenido ninguna otra renta, las casillas de la declaración aparecerán con importe cero.
Sin embargo, sí que deberán declararse, como rendimientos del trabajo, las cuantías que superen los 12.159,42 euros (1,5 veces el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples, IPREM). En el caso de que, junto al IMV, se perciban otras ayudas a colectivos con riesgo de exclusión social como la renta mínima de inserción, rentas garantizadas y ayudas similares de CCAA y ayuntamientos, sólo se debe declarar, y tributar, por ese exceso.
"El Ingreso Mínimo Vital no genera por si mismo derecho a la deducción por maternidad, ni a las deducciones por familia numerosa o personas con discapacidad a cargo", aclaran desde Hacienda.
¿Cómo declaro el Ingreso Mínimo Vital en la renta?
Presentar la declaración de la renta para quienes han percibido el Ingreso Mínimo Vital es tan sencillo como para el resto de contribuyentes. Basta con seguir los sigiuentes pasos:
- Accede a Renta WEB y solicita el borrador que te ofrece la Agencia Tributaria.
- En los datos fiscales ya figurará la parte proporcional del IMV que corresponde a cada miembro de la unidad de convivencia. En los supuestos donde exista importe sujeto por exceder de la cuantía exenta, toda la información necesaria también se podrá volcar a Renta WEB y confirmar de forma igualmente sencilla.
- El contribuyente sólo tiene que volcar la información a Renta WEB y confirmar la declaración.
Sirva como ejemplo un contribuyente que en 2022 ha percibido las siguientes prestaciones:
- Ingreso Mínimo Vital: 2.280,85 euros.
- Renta mínima de inserción: 7.567,40 euros.
- Otras ayudas de carácter social regionales: 2.800 euros.
- Otras ayudas de carácter social regionales: 1.200 euros.
La suma de todas las ayudas asciende a 13.848,25 (excede del límite exento de 12.159,42 euros). Por tanto, en rendimientos íntegros de trabajo personal, se incluirá de forma automática 1.688,83 € (13.848,25 – 12.159,42).
Esta información se visualiza en Renta WEB pinchando en 'Ver datos trasladados'. El texto que se mostraría es el siguiente: "Rentas exentas que superan el límite exento de 12.159,42 €. Se ha incorporado a su declaración, en rendimientos del trabajo personal (casilla 3 página 4), los importes procedentes de la renta mínima de inserción, ingreso mínimo vital u otras ayudas de carácter social de CCAA o EELL que superan el límite exento de 12.159,42 euros (1,5 * IPREM)".
Con esta información en mano, el contribuyente no tendrá más que revisar que todos los datos son correctos y presentar el borrador.
Los menores de edad deberán presentar declaración de forma individual o conjunta con la unidad familiar, sin que pueda cumplirse con la obligación de presentar declaración, con aparecer en la declaración individual del progenitor como descendiente.
Para los supuestos de familias beneficiarias del IMV con hijos menores, se recomienda la presentación de una declaración conjunta de todos los miembros en caso de estar casados los progenitores. En ausencia de matrimonio, uno de los dos progenitores podrá presentar declaración conjunta con los hijos, y el otro declaración individual.