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El juicio final de Ramón Laso

Las pruebas aportadas fueron definitivas para condenar al asesino sin hallarse el cuerpo de las víctimas

El juicio final de Ramón Laso

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Tras la reapertura del caso de Ramón Laso, este fue mandado a juicio. Por primera vez en la historia judicial española por un magnífico trabajo policial, del ministerio fiscal y de la juez de instrucción se impuso una condena por dos delitos de homicidio sin hallarse el cuerpo de las víctimas: 15 años por homicidio.

Las prueba directas en la que se basó el tribunal entonces fueron:

· Es Ramón el que tiene una relación sentimental con encuentros sexuales entre el acusado y la mujer de una de las víctimas y hermana de la otra.

· Es Ramón el que realiza reiteradas propuestas del acusado (Mercedes) para que esta abandonara a su marido y sucesivas negativas de esta.

· Es Ramón la última persona en ver a los desaparecidos: encuentro entre el acusado y el marido víctima en el huerto del primero, como hacían durante varias semanas. Ramón fue el día de la desaparición de las dos personas a buscar a su mujer a la salida del trabajo, abandonando ambos el lugar.

· Dos horas más tarde va el acusado a buscar a su amante a la salida del trabajo, lo hace según relata Mercedes sudoroso, cansado, sin gafas y con un rasguño en el puente de la nariz y dice a aquella que su marido y su hermana han huido juntos, refiriendo que la información la obtuvo del propio desaparecido al que encontró cuando fue a buscar a su mujer al trabajo. Este hecho es contradicho por testigos directos que vieron como el acusado recogía a su mujer y marchaba del lugar.

· Llamada a la madre. Pocos días después llamó a su madre haciéndose pasar por el varón desaparecido y dijo que se habían marchado juntos. Fue el propio acusado quién acudió a la comisaría de policía para informar de la llamada - supuestamente realizada por otro - y al comprobar la policía la llamada la madre informó que no lo había comentado con su hijo, infiriéndose así que el acusado no podía conocer la existencia de la llamada salvo que fuese el mismo el comunicante. El lugar desde donde se hizo la llamada era próximo a donde se ubicó su teléfono móvil poco tiempo después. Y en el listado de llamadas del teléfono de la madre del acusado, receptora de la llamada, aparece la indicada antes.

· Llamada a periodista de la localidad simulando ser el desaparecido. Esa llamada se hace con una tarjeta SIM que se activó en un teléfono, localizado en su domicilio tras la entrada y registro.

· Coincidencia de llamadas con ubicación del acusado. Informe pericial de que todas las llamadas simulando ser uno de los desaparecidos, mediante la baliza GPS del automóvil, se advierte que el acusado se encontraba donde se compró la tarjeta, llamada al periódico desde lugar de camino desde donde se compró.

· Ninguno de los dos desaparecidos recogió prenda de vestir u otro objeto personal, ni siquiera medicamentos o informes médicos de quien estaba en delicado estado de salud. Sin siquiera cobrar la pensión de incapacidad de la seguridad social. ¿Cómo van a vivir y de qué los desaparecidos?

Por sí solos, ninguno de estos indicios es prueba pero la suma de ellos conduce a una única dirección: es el responsable de la desaparición y no hay ninguna alternativa posible. Este caso señala la importancia de la especialización, la formación; no darnos por vencidos; la perspectiva de la víctima y no sólo del acusado.

 

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