Lidl retira un limpiador "con fragancia a albaricoque" por inducir a error al tener la apariencia de un refresco
Facua pidió su retirada a partir de la denuncia pública de un consumidor
La cadena Lidl ha tomado la decisión de dejar de comercializar un limpiador que tiene olor a albaricoque y su apariencia se puede confundir con un refresco. La denuncia fue hecha por un usuario a través de las sociales. Facua elevó la denuncia y pidió formalmente su retirada en julio.
¿Cuál es el producto?
Se trata de un limpiador y protector de pintura de coche de la marca Robbyrob. El producto estaba a la venta en todos los establecimientos Lidl de España. Está elaborado en Alemania, y se vendía en formato de un litro con tapón rojo y con botella transparente que deja ver el líquido color naranja de su interior.
Además, aparecía marcado "con fragancia a albaricoque". El olor a esta fruta podía también inducir, especialmente en niños, a creer que se trata de un producto bebible. Asimismo, la etiqueta principal del producto que estaba a la venta aparecía en inglés y alemán, lo que dificultaba todavía más al consumidor el saber que se trata de un artículo no apto para su ingesta.
Consumo ha informado que, una vez investigada la denuncia, se ha constatado que Lidl "de forma voluntaria" ha adoptado las medidas oportunas. Además, la cadena ha informado a los consumidores en su web para que procedan a devolverlo y que puedan recuperar el importe que abonaron.
El pasado mes de julio Facua formalizó la denuncia a Walter Schmidt, empresa fabricante del producto, ante la Dirección General de Consumo y la Agencia Española de Seguridad Alimentaria y Nutrición (Aesan) del Ministerio de Consumo por comercializar en España este limpiador y protector en un formato que podría confundirse con un refresco.
¿Cuál es la base legal?
La petición de retirada del producto tiene una base legal. El Real Decreto 770/1999, de 7 de mayo, por el que se aprueba la Reglamentación técnico-sanitaria para la elaboración, circulación y comercio de detergentes y limpiadores recoge en el punto 4 de su artículo 8 que "no se permiten productos que tengan una forma, un olor, un color, un aspecto, una presentación, un etiquetado, un volumen o un tamaño, tales que sea previsible que los consumidores, en particular los niños, los confundan con productos alimenticios y por ello los lleven a la boca, los chupen o los ingieran".
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Del mismo modo, el artículo 35 del Reglamento (CE) Nº 1272/2008 del Parlamento Europeo y del Consejo de 16 de diciembre de 2008 sobre clasificación, etiquetado y envasado de sustancias y mezclas establece que "los envases que contengan una sustancia o mezcla peligrosa suministrada al público en general no tendrán una forma ni un diseño que atraiga o suscite la curiosidad de los niños, ni que induzca a engaño a los consumidores, como tampoco una presentación o un diseño similares a los utilizados para alimentos, piensos, medicamentos o productos cosméticos, que puedan inducir a engaño a los consumidores".