El Supremo rechaza que la hija biológica que fue intercambiada en un hospital de Logroño pueda expulsar de la familia a la hija no biológica
La demandante impugnó para ser nombrada heredera forzosa de su madre fallecida, pero el alto tribunal sostiene que ella no está legitimada para hacerlo
MADRID
El Tribunal Supremo ha rechazado el recurso de la hija biológica que fue intercambiada al nacer en un hospital de Logroño en el año 2002. Ella vivió en el seno de una familia desestructurada. Fue criada por su abuela porque sus padres estaban incapacitados por sentencia judicial. Mientras que la otra bebé acabó en una familia de clase media en Navarra. Detectado el error, la hija biológica reclamó su verdadera paternidad, pero también reclamó que la otra joven no fuera reconocida hija de aquella familia. La Justicia le dio razón en lo primero, pero no en la segunda petición y el Tribunal Supremo lo confirma.
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Dice la sala de lo civil que la hija biológica no está legitimada para pedir la expulsión de la demandada de esa familia, aunque todo fuera fruto de "una negligencia inadmisible de cambio de los bebés en el momento de nacimiento que ya han alcanzado la mayoría de edad lo que hace nula su inscripción". La sala asume los argumentos de la familia que sostenía que "sin negar la verdad biológica" de que la demandante es su hija "no existe interés legítimo en imponer la verdad material a la voluntad de los demandados que desean que la hija no biológica permanezca en el grupo familiar".
Entrevista al abogado de una de las bebés intercambiadas en Logroño en 2002 (26/01/2023)
04:38
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Pedro Jiménez
Redactor Jefe en la Cadena SER. Antes he pasado por los equipos de Hora 14, Radio Madrid, Fin de Semana,...