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Cuándo empieza la campaña de la renta 2023-2024: estas son las fechas para hacer tu declaración

Los contribuyentes podrán solicitar el borrador y hacer sus declaraciones 'online' a partir del próximo 3 de abril, ocho días antes que el año pasado

Una oficina de la Agencia Tributaria.

Una oficina de la Agencia Tributaria.

Los primeros meses del año ya quedan atrás y eso significa que los contribuyentes deben empezar a pensar en la declaración de la renta. Así lo refleja en su página web la Agencia Tributaria, que publicó el pasado mes de enero el calendario del contribuyente para 2024. En él se incluye una novedad importante: la campaña de la renta arrancará en esta ocasión el 3 de abril, ocho días antes que el año pasado.

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Esa será la fecha en la que se podrá solicitar el borrador y se abrirá el plazo para presentar la declaración de la renta por Internet. Además, como suele ser habitual, habrá otras dos vías para efectuar el trámite. Desde el 7 de mayo se podrá presentar la declaración por vía telefónica. Por su parte, quienes prefieran hacerlo de forma presencial tendrán que esperar hasta el 3 de junio.

El 26 de junio será el día marcado en rojo como límite para presentar la declaración 'online' si el resultado es a ingresar con domiciliación en cuenta. También será la última oportunidad para que quienes opten por una declaración por vía telefónica o presencial puedan pedir cita previa. En todos los casos, el plazo para presentar la renta vencerá el 1 de julio.

Fechas clave de la declaración de la renta

Estas son las principales fechas a tener en cuenta en la campaña de la renta 2023-2024:

  • 3 de abril de 2024: solicitud del borrador y apertura del plazo para presentar la declaración de la renta por Internet.
  • 7 de mayo de 2024: solicitud de cita previa y apertura del plazo para presentar la declaración de la renta por vía telefónica.
  • 25 de mayo de 2024: solicitud de cita previa para realizar la declaración de forma presencial.
  • 3 de junio de 2024: se abre el plazo para presentar la declaración de forma presencial.
  • 26 de junio de 2024: finaliza el plazo para presentar la declaración por Internet si el resultado es a ingresar con domiciliación en cuenta.
  • 26 de junio de 2024: último día para solicitar cita previa para realizar la declaración por vía telefónica o de forma presencial.
  • 1 de julio de 2024: finaliza el plazo para presentar la declaración de la renta por cualquiera de las vías.

Novedades en la declaración de la renta

Los contribuyentes se encontrarán varias novedades en 2024, algunas de las cuales tendrán que aplicar ya en su declaración de este año y otras, en 2025, cuando deban rendir cuentas sobre el ejercicio actual.

Ya para esta campaña, el Gobierno ha fijado la obligación de presentar la declaración del Impuesto de la Renta sobre las Personas Físicas (IRPF) a través de medios electrónicos, siempre que la administración tributaria asegure la atención personalizada a los contribuyentes que precisen de asistencia para su cumplimentación por tales medios. Según el Ejecutivo, esta medida no altera en modo alguno los distintos elementos de cuantificación o determinación de la cuota del impuesto para los contribuyentes, que siguen siendo los establecidos en la normativa actualmente vigente.

A partir de este año, se deberán presentar las primeras declaraciones sobre las operaciones realizadas con criptomonedas —también de las situadas en el extranjero—.

Tendrán que presentar una declaración informativa anual las personas y entidades residentes en España y los establecimientos permanentes en territorio español de personas o entidades residentes en el extranjero, que proporcionen servicios para salvaguardar claves criptográficas privadas en nombre de terceros, para mantener, almacenar y transferir monedas virtuales.

Asimismo, las personas o entidades residentes en España y los establecimientos permanentes en territorio español de personas o entidades residentes en el extranjero, que proporcionen servicios de cambio entre monedas virtuales y moneda fiduciaria o entre diferentes monedas virtuales, intermedien de cualquier forma en la realización de dichas operaciones o proporcionen servicios para salvaguardar claves criptográficas privadas en nombre de terceros, para mantener, almacenar y transferir monedas virtuales, también deberán presentar una declaración informativa anual.

Respecto a la circulación de productos objeto de impuestos especiales, desaparece la declaración del modelo 503. A partir del 13 de febrero de 2023 arrancó la nueva Fase-4 del EMCS intracomunitario y se incluyen los movimientos intracomunitarios de productos sujetos a impuestos especiales de fabricación realizados por el sistema de envíos garantizados. A partir de esta fecha no se admitirán nuevas declaraciones del Modelo 503.

¿Qué cambia de cara a próximos años?

En cuanto a futuras campañas de la renta, el Gobierno ha extendido hasta el 31 de diciembre de 2024 todas las medidas destinadas a las reformas que ayuden a realizar un consumo más sostenible de energía, ya sea en casas particulares o en bloques de vecinos. Estas ayudas permitirán deducirse un 20%, 40% o 60% de IRPF a quienes impulsen estas actuaciones sobre sus propiedades.

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En materia de vivienda, los propietarios que reduzcan el precio del alquiler en los nuevos contratos de arrendamiento en zonas tensionadas que se firmen a partir del 1 de enero de 2024 tendrán una deducción del 90% en el IRPF sobre el rendimiento neto.

Asimismo, el Ejecutivo permitirá a los autónomos que apliquen el método de estimación objetiva para el cálculo del rendimiento neto de su actividad económica. La excepción son las actividades agrícolas, ganaderas y forestales, que ya dispone de un límite cuantitativo por volumen de ingresos específico. Otra de las novedades que traerá 2024 es que todos los autónomos estarán obligados a hacer la declaración de la renta el año que viene, independientemente de sus ingresos.

Por último, la directiva europea, conocida como DAC 7, obligará a las plataformas digitales como Wallapop o Vinted a compartir cierta información sobre sus vendedores con las autoridades fiscales de los países de la Unión Europea a partir del 1 de enero de 2024, siempre que hayan realizado más de 30 operaciones o hayan obtenido más de 2.000 euros en sus ventas.

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