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Cómo solicitar el borrador de la declaración de la renta 2023-2024: así puedes descargarlo, paso a paso

Así puedes descargar y confirmar el borrador desde este miércoles 3 de abril y presentar la declaración de la renta

borrador declaración de la renta

Ya se puede solicitar el borrador para presentar la declaración de la renta 2023-2024. / Witthaya Prasongsin

Este miércoles 3 de abril arranca la campaña de la renta 2023-2024 y los contribuyentes podrán presentarla hasta el próximo 1 de julio, siendo una de las campañas más larga de los últimos años. Aquellos que opten por la opción de presentarla por Internet, podrán hacerlo desde este mismo día; mientras que aquellos que prefieran confeccionar la declaración mediante cita telefónica, podrán hacerlo desde el 7 de mayo, pudiendo pedir cita a partir del 29 de abril y hasta el 28 de junio. El 3 de junio será la fecha en la que los ciudadanos que quieran podrán presentar la declaración presencialmente en las oficinas de la Agencia Tributaria. Para ello, deberán solicitar una cita previa a partir del 29 de mayo y hasta el 28 de junio.

Más información

Cada año, Hacienda pone a disposición de los contribuyentes la posibilidad de acceder a un borrador de la declaración de la renta, donde aparecerán los datos fiscales que la entidad tiene registrados y sobre los que se podrán añadir datos nuevos que nos permitan disfrutar de ciertas deducciones. Una vez que los datos aportados en el borrador estén correctos, el ciudadano podrán entonces presentar su declaración, a la espera de obtener un resultado.

Cómo solicitar el borrador de la renta 2023-2024

Para solicitar el borrador de la declaración de la renta por Internet es necesario acceder a la página web de la Agencia Tributaria o a la aplicación móvil. Dentro del apartado de 'Renta WEB', para iniciar el proceso de presentación, deberemos entrar en el menú 'Servicio de tramitación de borrador/declaración (Renta WEB)'. Este aparece habilitado desde el miércoles 3 de abril y hasta el final de la campaña.

Hacienda avisa: este es el paso que muchos contribuyentes deberán hacer antes de solicitar su borrador de la renta 2023-2024

Antes de poder iniciar el trámite, el contribuyente tendrá que identificarse con la Cl@ve PIN, certificado electrónico, DNI electrónico o número de referencia. Una vez aportados estos datos, se podrá acceder al borrador de la declaración, donde se podrá añadir o modificar los datos, al igual que realizar otro tipo de gestiones.

Aquellos que opten por utilizar un certificado digital de la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre o estén registrados en el sistema Cl@ve, solo tienen que entrar en la página web o la app, acceder al apartado 'Renta WEB' e identificarse con el método elegido. Este trámite no debería durar más de unos minutos.

La tercera vía es solicitar un número de referencia, que tal y como indica la Agencia Tributaria, es "sistema de autenticación e identificación para personas físicas, que te permitirá realizar determinados trámites y gestiones, fundamentalmente para la campaña de Renta".

Este número de referencia se puede obtener desde el pasado 12 de marzo, momento en el que las referencias obtenidas en la pasada campaña dejan de ser válidas. La nueva referencia se solicita con el importe de la casilla 505 del año anterior. El importe de esta casilla, que cada año trae de cabeza a muchos contribuyentes, hace referencia a la base liquidable general sometida a gravamen y no debe confundirse con el resultado de la declaración.

El número se puede obtener a través de la sede electrónica de la Agencia Tributaria, en el trámite 'Obtén tu número de referencia'. Tras identificarse con uno de los métodos permitidos por la página web, si el contribuyente ya presentó la declaración de la renta en el ejercicio anterior, tan solo deberá introducir el dato de la casilla 505 de la Renta 2022-2023.

Así es el número de referencia, necesario para solicitar el borrador de la renta.

Así es el número de referencia, necesario para solicitar el borrador de la renta. / Agencia Tributaria

En el caso de que no haber sido declarante el año pasado o de que el importe de la casilla 505 del año anterior haya sido 0,00, se podrá introducir las últimas cinco cifras del IBAN de una cuenta bancaria de la que se haya sido titular en 2023. Este número de referencia constará de 6 caracteres.

 
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