Declaración de la renta 2023- 2024: estos son los cambios del IRPF tras la subida del salario mínimo
El Salario Mínimo Interprofesional (SMI) para 2024 se sitúa en 15.876 euros anuales, distribuidos en 14 pagas de 1.134 euros
La campaña de la declaración de la renta daba inicio el pasado miércoles, 3 de abril. A partir de este momento, todos los contribuyentes que perciban como mínimo 22.000 euros por rendimientos del trabajo (o 15.000 en el caso de tener varios pagadores) deberán rendir cuentas con el fisco. La declaración de la renta viene fijada en el artículo 31 de la Constitución española, donde se detalla "la contribución de todos y todas al sostenimiento de los gastos públicos de acuerdo con su capacidad económica mediante un sistema tributario justo".
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Dentro de este sistema tributario se establece el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, más conocido como IRPF. Se trata de un tributo que deben pagar al Estado todos los ciudadanos residentes en España y que se aplica sobre los ingresos obtenidos a lo largo de todo un año. Es por eso que este impuesto guarda relación directa con el salario que reciben los ciudadanos. Un salario mínimo que en España se sitúa en 1.134 euros mensuales y cuya fluctuación afecta de forma directa a los tramos establecidos por la Agencia Tributaria a la hora de hacer la declaración de la renta.
¿Cuánto es el porcentaje de la renta que se paga en concepto de IRPF?
La renta del contribuyente es la totalidad de sus rendimientos, ganancias y pérdidas patrimoniales y, a la hora de establecer lo que cada ciudadano paga en concepto de Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, se tienen en cuenta unas franjas ya establecidas y que avanzan de forma progresiva. Así, el porcentaje de IRPF se incrementa a medida que aumentan nuestras ganancias. Por ello, la subida del SMI tiene repercusión en esas franjas preestablecidas. De esta forma, los tramos para la declaración del IRPF 2023 son los siguientes:
- Desde 0 hasta 12.450 euros: retención del 19%.
- Desde 12.450 hasta 20.199 euros: retención del 24%.
- Desde 20.200 hasta 35.199 euros: retención del 30%.
- Desde 35.200 hasta 59.999 euros: retención del 37%.
- Desde 60.000 hasta 299.999 euros: retención del 45%.
- Más de 300.000 euros: retención del 47%.
Estas franjas, publicadas por el Gobierno, no significan, sin embargo, que una persona que ingresa 22.000 euros burtos anuales, pague de IRPF el 30% de su salario, sino que tributa un 19% por los primeros 12.450 euros, un 24% por los siguientes 7.750 (que pertenecen al segundo tramo) y un 30% por los restantes 1.800 euros que le situarían en un tercer tramo.
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