Hacienda lanza un aviso sobre las segundas viviendas: te pueden multar si no tienes esto en cuenta en la declaración de la renta
No incluir una segunda residencia vacacional en nuestra declaración de la renta podría conllevar el pago de intereses o, incluso, una importante sanción
La campaña de la renta continúa su curso después de que los contribuyentes más madrugadores ya hayan presentado sus declaraciones por Internet. Lo habitual es que quienes realicen primero el trámite sean, también, los primeros en recibir su dinero en caso de que les salga a devolver. No obstante, es muy importante no precipitarse a la hora de entregar el borrador.
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Además de incluir en el borrador los datos relacionados con el salario, los intereses de las cuentas bancarias o las donaciones hechas a asociaciones y organizaciones benéficas, también es necesario añadir las segundas residencias. De hecho, la Agencia Tributaria suele revisar este tipo de datos para detectar o evitar posibles fraudes por parte de los contribuyentes.
¿Cómo debo declarar mi segunda vivienda?
En muchos casos, una segunda residencia suele ser una vivienda vacacional en la que los contribuyentes pasan apenas unos meses al año, pero en otros casos se puede utilizar con finalidad lucrativa, es decir, para alquiler. "En función de si se utiliza para un uso u otro, se deberá declarar en nuestra renta de manera diferenciada", explican desde Tax Down, plataforma especializada en asesoramiento y gestión de la renta.
Sin embargo, cuando se utilice esta segunda residencia para uso personal, habrá que marcar su uso como vacía (a disposición de sus titulares) durante todo el año, ya que no es la vivienda habitual, en el apartado de la renta correspondiente a 'Bienes inmuebles no afectos a actividades económicas'. "En estos casos, la ley exige pagar imputación de rentas por la misma", detallan.
El artículo 85 de la Ley 35/2006 de IRPF define lo que es una renta inmobiliaria imputada. "De manera resumida, la imputación de rentas es la manera en que Hacienda nos hace pagar impuestos por los inmuebles que son de nuestra propiedad y por los que no estamos obteniendo ningún ingreso y no son nuestra vivienda habitual. Se trata de un pequeño impuesto, como una renta adicional que añade Hacienda, como ‘castigo’ por tenerla vacía", aclara TaxDown.
Para calcular esta renta a pagar, se debe aplicar, como norma general, el 2% al valor catastral de la vivienda y ese será el importe total a pagar (o el 1,1% para las viviendas cuyo valor catastral haya sido revisado o modificado con posterioridad en los últimos 10 años). "Si tenemos una vivienda cuyo valor catastral asciende a los 75.000 euros, el pago de esta renta será de 1.500 euros si le aplicamos el 2%; o de 825 euros en el caso de aplicarle el 1,1%", ejemplifican,
Sin embargo, cuando se utilice esta vivienda para un fin lucrativo, es decir, si se tiene alquilada durante una parte del año, habrá que declararla como rendimientos de capital inmobiliario y tributará en la base imponible general junto a los rendimientos del trabajo. Tax Down subraya: "Hay que destacar, igualmente, que los días que no esté alquilada pagaremos la imputación de rentas ya comentada en el punto anterior. La ventaja en estos casos es que, cuando alquilamos una vivienda, podemos deducirnos los gastos asociados de la misma".
OCU recomienda revisar a fondo el borrador de la renta antes de enviarlo a Hacienda
Algunos de los gastos deducibles más comunes son los gastos de conservación y reparación para mantener el buen uso del inmueble: pintura, mejora de las instalaciones, etcétera, así como otros tributos y recargos no estatales (como el IBI y las tasas de basura) o los gastos de la comunidad.
"Es importante saber cómo declarar correctamente nuestras residencias en la declaración de la renta, ya sean para uso personal o si las tenemos alquiladas. En el caso de declararlas de manera errónea, nos enfrentamos a pagos de intereses de demora o incluso a un procedimiento sancionador por parte de Hacienda", afirma Enrique García, CEO y cofundador de TaxDown.
Multas y sanciones por no declarar una residencia vacacional
Los contribuyentes que no incluyan este tipo de inmuebles en su declaración de la renta se enfrentan a que Hacienda inicie un procedimiento para comprobar esa declaración y que sean ellos los que los añadan de manera proactiva.
De esta forma, corregirán el resultado de la declaración y será necesario pagar la diferencia. Ese importe a pagar conllevará un 5% de intereses de demora si no se paga en el plazo estipulado por Hacienda. Si el contribuyente se excede en el plazo, este porcentaje irá aumentando. Además, Hacienda podría iniciar, incluso, un procedimiento sancionador por haberlo declarado incorrectamente, materializado en una multa que podría llegar al 50% de lo dejado de ingresar.