El pleno del Tribunal Constitucional debatirá anular las condenas por malversación de los ERE a los altos cargos de la junta de Andalucía que no formaban parte de la consejería de Empleo. Porque en los ejercicios en los que carecían de soporte legal, entienden que no se acreditó su implicación directa en el fraude, conculcando su derecho a la presunción de inocencia. Y después, se limitaron a ejecutar una ley que había sido aprobada por el parlamento andaluz. Y una ley no delinque. Es un principio básico del derecho. Puede ser sujeta a control constitucional, pero una ley no es delictiva, recalcan las fuentes consultadas. Condenarles por redactar y aprobar una ley infringe el principio de legalidad penal, según las mismas fuentes. Los borradores de sentencia que aún se redactan y que serán discutidos en los plenos de los próximos 2 y 16 de julio, apuntarán a que la Audiencia de Sevilla infringió los derechos constitucionales a la legalidad penal y también el de presunción de inocencia, al condenar a la mayoría de inculpados. De este modo, el Constitucional prevé anular la condena por malversación al expresidente José Antonio Griñán, que es la que comportaba cárcel, y solo le mantendrá una parte de la prevaricación, aunque este último aspecto está todavía en discusión. Lo mismo sucede con el resto de altos cargos que no pertenecían a la consejería de Empleo. Por otra parte, el expresidente Manuel Chaves y el consejero Gaspar Zarrías se librarán de la mayor parte de la prevaricación, en aplicación de la doctrina seguida con Magdalena Álvarez. En el caso de los responsables de la Consejería de Empleo, los borradores de sentencia sí que consideran que la Audiencia de Sevilla acreditó la existencia de un concierto para delinquir, por lo que no cabe anular la malversación, excepto en el caso de Serrano Aguilar, a quien probablemente también le sea anulada la sentencia por incumplir su derecho a la presunción de inocencia. Entiende el Constitucional que no existieron datos concretos para poderle condenar. La Audiencia Provincial de Sevilla condenó en 2019 a José Antonio Griñán a seis años y dos días de cárcel y 15 años de inhabilitación por malversación y prevaricación en concurso por el caso de los ERE de Andalucía. La semana pasada, el pleno del Tribunal Constitucional rebajó la condena por prevaricación a Magdalena Álvarez también en el caso de los ERE. Estimaba así parcialmente el recurso de amparo presentado por la exministra de Transportes y consejera de Economía y Hacienda en Andalucía cuando tuvieron lugar los hechos. La decisión del plenario supone aceptar su recurso respecto a los hechos relacionados con los años 2002 a 2004, en cuanto a la aprobación de proyectos y anteproyectos presupuestarios que posibilitaron el reparto de los ERE, porque gozaba de cobertura legal autonómica. Se mantiene la condena respecto a las modificaciones presupuestarias de 2000 y 2001 justo por lo contrario. En aquellos dos años, los ERE fueron aprobados, siendo consejera Álvarez, «infringiendo la normativa» presupuestaria vigente.