El juez rechaza mandar a prisión a Ábalos como pedía la acusación popular tras su declaración, de hora y cuarto
La Fiscalía optaba por mantener las cautelares que ya tienen Koldo García y él, posición que el magistrado ha adoptado en ambos casos

El exministro de Transportes, José Lui Ábalos, a su llegada al Tribunal Supremo en Madrid, este lunes. / FERNANDO VILLAR (EFE)

El magistrado del Tribunal Supremo Leopoldo Puente considera que "evidente que persisten, e incluso aparecen seriamente consolidados" los "sólidos indicios de criminalidad" contra el exministro José Luis Ábalos tras el último informe de la UCO, pero entiende que no concurren las razones suficientes para acordar en su caso prisión provisional.
Así lo expone el auto que este lunes resolvía la petición de prisión preventiva que había elevado la acusación popular unificada para Ábalos después de que declarase durante algo más de una hora como imputado y negase cualquier relación con la presunta trama de corrupción en obra pública que tienen en el foco los investigadores.
La resolución opta por mantenerle las mismas medidas cautelares que tenía (comparecencias quincenales, prohibición de salir de España), igual que en el caso de Koldo García, al que también pedían prisión las acusaciones. La Fiscalía Anticorrupción, por su parte, optaba por dejar la situación como está, que ha sido lo que ha decidido el magistrado.
Sobre Ábalos, el auto refiere que hay indicios de que "pudiera haberse beneficiado económicamente" de pagos del comisionista Víctor de Aldama y cita expresamente las dos viviendas y la estancia vacacional de la que podría haberse servido.
Pero además destaca que de ese último informe de la UCO "resultan indicios muy consistentes de que, tanto el Sr. Ábalos Meco como el Sr. García Izaguirre podrían haber obtenido ilícitos rendimientos económicos a cambio de la indebida adjudicación de obras públicas, determinadas en el marco del Ministerio del que el primero era titular, concertados con terceras personas para este fin".
"Los resultados obtenidos de la investigación permiten afirmar, siempre en los términos indiciarios ya señalados, que el asesor del aforado ante esta Sala, don Koldo García Izaguirre, intervendría activamente en la contratación, gestionaría los contratos de adjudicaciones a las empresas y, al tiempo, realizaría operaciones para ocultar los cobros recibidos de la organización y en las que el aforado ante esta Sala, don José Luis Ábalos Meco, también habría podido intervenir, personalmente y utilizando los oficios de su asesor en el Ministerio e, indiciariamente, disfrutando de los ilícitos beneficios económicos que tales actuaciones pudieran haberle generado", dice la resolución.
Con todo, en ninguno de los casos aprecia el magistrado que concurran riesgo de fuga, reiteración delictiva o destrucción de pruebas que justifiquen la prisión provisional. "Ninguno de los referidos factores se advierte aquí con la claridad necesaria", añade.
En este sentido, apunta que "parece razonable descartar que, en las presentes circunstancias, exista en el caso del investigado riesgo alguno de que pudiera cometer nuevos hechos delictivos de naturaleza equivalente a los investigados" porque ya no es ministro.
"Tampoco se advierte que sea preciso garantizar su presencia, eludiendo un riesgo intenso de que pudiera sustraerse a la acción de la justicia, riesgo, nunca enteramente descartable, que, en cualquier caso, se ha venido conjurando hasta el momento con medidas menos restrictivas", añade, en un razonamiento análogo al que aplica a Koldo García, que sale igualmente sin medidas cautelares más restrictivas.
Koldo guarda silencio
El exasesor ministerial llegaba al Supremo con media hora de antelación después del intento in extremis de su defensa de posponer esta declaración a la que acudía tras haber comunicado a su entorno su intención de acogerse a su derecho a no declarar a expensas de lo que hubiese hecho Ábalos justo antes, pues quedaba abierta la puerta a responder a alguna pregunta de su abogada.
El juez le ha negado posponer la comparecencia en una providencia en la que le volvía a advertir de que si no acudía al Supremo, acordaría medidas personales para garantizar su presencia ante el tribunal cuantas veces sea llamado. Podía, así, acabar detenido.
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La defensa había solicitado esta misma mañana un aplazamiento de un mes para poder estudiarse el caso, dado que cogió las riendas la semana pasada. Sin embargo, y por segunda vez, el magistrado niega la pretensión. Tendrá que presentarse en tiempo y forma.
Dos veces ha pedido Koldo García suspender su declaración desde que el magistrado Leopoldo Puente puso fecha. Consiguió adelantarla al 23 de junio para sortear la coincidencia con la declaración de testigos sobre la parte de la causa que se sigue en la Audiencia Nacional fijada para este martes, pero cuando comunicó el cambio de letrado el instructor ya puso por escrito que la fecha se mantendría y que de no comparecer, adoptaría medidas.

La Guardia Civil apunta en su último informe que tanto Ábalos como García ambos habrían percibido, presuntamente, de la empresa Acciona 620.000 euros, que habrían sido gestionados por Santos Cerdán. Según Koldo, quedarían 450.000 euros pendientes de cobro.

El informe "se nutre" de conversaciones grabadas por Koldo entre 2019 y 2023, que discurren sobre "la persecución del pago de presuntas contraprestaciones económicas adeudadas tras la adjudicación de obra pública". Ábalos no se reconoce.