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Pensar antes de juzgar: dilemas jurídicos III

Félix Martín plantea un último dilema para ayudar a entender las decisiones judiciales

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En Juzgado de Guardia llevamos un par de semanas haciendo algo poco habitual con nuestro fiscal: estamos planteando dilemas que nos hacen enfrentarnos con nosotros mismos.

Primer dilema: la prescripción

Vamos a partir de un supuesto concreto. Un delito grave, una víctima de un delito que sufre durante años y una investigación que no avanza. El tiempo pasa y cuando parece que se podría sentar a alguien en el banquillo……el delito ha prescrito. La pregunta es: ¿La prescripción es, en sí misma, una injusticia?

Félix Martín reconoce que le cuesta entender que alguien no responda penalmente solo porque ha pasado el tiempo. Él mismo afirma haber visto el daño que la prescripción produce en las víctimas. El sentimiento de incomprensión, de dolor añadido al dolor, de enfado, de frustración. Sin olvidar eso como una línea fundamental de mejoría de la justicia. La justicia nunca se debe rendir en averiguar la verdad.

Desde otro ángulo

Para que analicemos el caso desde otro ángulo, nuestro fiscal plantea otro supuesto.

Un hecho ocurrido hace 25 o 30 años. Testigos que ya no recuerdan bien. Documentos que no existen. Pruebas que se han degradado o han desaparecido. Y lo más importante la persona investigada ha rehecho su vida. No ha vuelto a delinquir. Tiene una vida digna. Y décadas después, cuando es otra persona el Estado decide juzgarle. En caso de condena toda su vida, su nueva vida, se trunca. La pregunta es: ¿Sería eso justo?

La clave está en no verlo claro. Los dos ejemplos son las dos caras de una misma moneda. La prescripción no existe para proteger al culpable sino para proteger la justicia material. Es decir, no busca solo castigar. Busca castigar bien. Y el paso del tiempo afecta a algo esencial: la fiabilidad del juicio. No todo juicio tardío es mejor que ningún juicio.

Cuando llegamos a este punto, hay una pregunta inevitable: ¿Justifica todo esto que haya delitos que no prescriban nunca? Félix Martín explica que existe consenso en que algunos delitos: los que afectan a la humanidad en su conjunto o los que causan daños irreparables a las personas más vulnerables. Pero incluso ahí la decisión de dónde ponemos el listón no es fácil.

La prescripción es un equilibrio incómodo entre 3 principios muy importantes: memoria, justicia y seguridad jurídica.

Segundo dilema: cuando el daño sigue ahí

Después de hablar de castigo, de tiempo y de límites del Derecho… hay una pregunta que casi nunca nos hacemos. ¿Qué pasa cuando la ley ya ha hecho su parte… pero el daño sigue ahí? Aquí el Derecho ya no es el protagonista, entra en juego algo más delicado: la experiencia de la víctima.

Para ponernos en situación, nuestro fiscal plantea otra situación: te roban la cartera por la calle. Durante el robo te empujan y caes al suelo. Sufres lesiones importantes. Pero el daño no termina ahí: durante meses pasas por fases de angustia y miedo. Te cuesta volver a salir tranquilo. Cambia tu forma de moverte por la ciudad. El procedimiento penal avanza lentamente. El juicio se señala tres años después. Y antes de que se celebre, el fiscal habla contigo. Te informa de que no habrá juicio. Va a haber una conformidad. El acusado ha estado en prisión provisional. Va a aceptar la pena que solicita el fiscal. Y el fiscal añade algo más: el acusado ha insistido en que, si tú lo deseas, le gustaría pedirte perdón en sala. El fiscal te pregunta si crees que es bueno para ti entrar en sala y escuchar del acusado que reconoce los hechos y que te pide perdón por el dolor causado.

La pregunta es: tú, como víctima… ¿qué harías?

  • Opción uno: Aceptas escuchar el perdón. Porque crees que puede ayudarte a cerrar la herida y a seguir adelante.
  • Opción dos: No quieres verle. Porque el daño ya está hecho nadie tiene derecho a exigirte generosidad.

En este caso no hay respuestas rápidas. El perdón no es una exigencia jurídica. Es un derecho de la víctima, no un deber. La pena cumplirá su función sea cual sea lo que decida la víctima. Pero es cierto que para algunas víctimas escuchar un perdón sincero tiene gran valor humano, eso es la justicia restaurativa, hablamos de ofrecer un espacio seguro para reparar lo que la sentencia no puede. Porque la prisión puede sancionar, pero no siempre reconoce el daño y hay víctimas que necesitan eso más que una pena larga y otras que no lo necesitan ni lo desean. Ambas opciones son igual de legítimas.

Cuando una persona reconoce el daño causado y lo hace mirando a la víctima, se produce algo muy relevante.

1º) Se rompe la lógica de la negación. El delito deja de ser “algo que pasó” y pasa a ser algo que hice a alguien”. Esto, en términos de justicia, es un cambio importante. Porque está demostrado que los procesos en los que el infractor asume responsabilidad real reducen el riesgo de reincidencia.

2º) La persona deja de verse como alguien castigado por el sistema, y empieza a verse como alguien responsable de un daño concreto. Por eso, cuando se hace bien, la justicia restaurativa beneficia a las dos partes: a la víctima, porque puede sentirse escuchada; y al infractor, porque puede empezar un camino real de reintegración.

Pero aquí hay una línea muy fina. Si el perdón se utiliza como atajo procesal o como moneda de cambio, pierde su sentido y puede causar más daño del que repara.

En resumen, ni el castigo por sí solo ni el perdón impuesto hacen justicia. La justicia, cuando funciona mejor, es la que entiende que las personas no son expedientes ni el autor del delito, ni por su puesto la víctima.

 

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