Cómo reclamar a Alquiler Seguro y evitar los abusos de las inmobiliarias
Consumo ha multado a Alquiler Seguro por vulnerar los derechos de los inquilinos. Repasamos qué y cómo reclamar y en qué hay que fijarse para no ser víctima de prácticas ilegales por parte de las agencias
Cómo reclamar a Alquiler Seguro y protegerte de los abusos inmobiliarios
Madrid
Esta semana el Ministerio de Consumo ha ratificado la multa de 3,6 millones de euros que impuso a la agencia Alquiler Seguro "por llevar a cabo prácticas abusivas contra sus inquilinos al vulnerar los derechos de los consumidores aprovechando su posición de predominio de mercado", según el departamento que dirige Pablo Bustinduy. Los directivos de la agencia acusan al Ministerio de hacer una interpretación parcial y sesgada de las denuncias y anuncian que recurrirán la sanción. "Alquiler Seguro va a ejercer su derecho de defensa. Vamos a acudir a los tribunales y exigimos al ministro que haga una rectificación pública", decía el presidente de la compañía, Antonio Carroza, en una rueda de prensa convocada el pasado jueves.
Con la multa sobre la mesa, las asociaciones de consumidores animan a los arrendatarios a pedir cuentas a la agencia. "Ahora toca que los inquilinos tengan claro que pueden reclamar a Alquiler Seguro la devolución del dinero que se hayan visto obligados a pagar porque fuera una condición para poder acceder al alquiler de los inmuebles", comentaba el presidente de Facua-Consumidores en Acción, Rubén Sánchez, tras conocerse la sanción.
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Desde la asociación de usuarios financieros ASUFIN recuerdan que estamos ante una multa administrativa y que no hay un tribunal que haya declarado nula una práctica o un informe de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia que establezca que se ha causado un daño al consumidor. "Aquí lo que tenemos es una sanción de consumo por malas prácticas. Esto significa que cada uno de los clientes de Alquiler Seguro tendría que revisar si en su caso concreto se han producido estas prácticas y reclamar", señala a La SER la presidenta de la asociación, Patricia Suárez.
"Seguramente en esa primera fase extrajudicial la agencia le dirá que no ha habido ninguna mala praxis, porque son condiciones negociadas y ellos las han aceptado, no han sido impuestas, que es el gran debate. Y si les dicen que no [les devuelven su dinero], entonces tendrían que irse a tribunales para que un juez dirimiera al respecto", explica Suárez.
La multa de Consumo sirve también para poner el foco en ciertas prácticas abusivas, y algunas ilegales, por parte de las agencias inmobiliarias. Entre ellas, destacan tres.
Contratar un 'Servicio de atención al inquilino'
La agencia "ofrece" este servicio al arrendatario durante todo el alquiler para resolverle dudas legales o realizar reparaciones en la vivienda. Las empresas alegan que es un servicio voluntario. En el caso de Alquiler Seguro, solo el 1 % de los inquilinos no lo han contratado. "Estamos en una situación del mercado tan complicada que la mayoría de los inquilinos, con tal de asegurarse el poder alquilar una vivienda, tragan con este servicio, que probablemente no quieren, no necesitan y que, si les dieran la opción real y sin perder la posibilidad de alquiler, rechazarían", señala la presidenta de ASUFIN.
Cobrar una comisión de gestión
La Ley de Vivienda prohíbe a las agencias trasladar al inquilino los gastos de gestión inmobiliaria y de formalización de contrato. Sin embargo, las asociaciones de consumidores denuncian que estos gastos se terminan pagando bajo otros conceptos, como asistencia en la búsqueda de vivienda o evaluación de la solvencia del arrendatario. "La mayoría de las agencias inmobiliarias están cobrando comisión al inquilino disfrazándolo con otros servicios", afirma Patricia Suárez, que recuerda que los inquilinos a los que se les haya aplicado esta comisión tienen un plazo de cinco años para reclamar su devolución.
Contratar un seguro de impago
Pese a que la ley lo prohíbe, se sigue cobrando al arrendatario un seguro ante un posible impago del alquiler. "Es un servicio claramente para el casero, y aquí sí que hay varias sentencias que lo dictaminan así y lo dejan bien claro: el inquilino no puede pagar por su propio seguro de impago. No tiene ningún sentido", señala Suárez.
¿Qué debemos hacer si, como inquilinos, nos plantean pagar este tipo de servicios? Tal y como está el mercado del alquiler, desde ASUFIN recomiendan contratar y luego reclamar utilizando las cláusulas de desistimiento. "¿Ya has firmado el alquiler? ¿Ya has metido tus muebles? ¿Ya vives ahí? Aprovecha los 14 días de desistimiento y di que ese servicio no lo quieres y que te devuelvan el dinero", dice su presidenta. En caso de que la empresa no acceda, hay que presentar una reclamación a la empresa y, si siguen negándose, demandar en los tribunales. Al tratarse de reclamaciones por un importe bajo, explica, no es necesario acudir con un abogado o procurador.
Según Suárez, la Ley de Vivienda, que puso coto a estas prácticas por parte de las inmobiliarias, se sigue incumpliendo después de casi tres años desde su entrada en vigor. Las agencias, dice, se aprovechan "de la necesidad, tanto de compradores como de inquilinos, de adquirir esa vivienda, sea en propiedad o en alquiler, para aceptar condiciones abusivas".
Carlos Sevilla
Periodista en el equipo de Informativos del Fin...Periodista en el equipo de Informativos del Fin de Semana de la Cadena SER. Antes pasé por la sección de Economía y, mucho antes, por las redacciones de Radio Madrid y Radio Valencia.