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Torturas en Navarra: no fueron sistemáticas, pero sí hubo "abusos a escala importante"

La Comisión para reconocer a víctimas de torturas y malos tratos de funcionarios públicos en Navarra recibe 41 solicitudes en su primer año de andadura

La realidad de las torturas en Navarra

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Pamplona

El uso de la tortura por parte funcionarios públicos y grupos de extrema derecha en Navarra entre 1950 y la actualidad “no fue sistemática”, aunque se constata que se produjeron “abusos a escala importante”. Es una de las primeras conclusiones que se extraen de la comparecencia parlamentaria del presidente de la Comisión de Reconocimiento y Reparación de las Víctimas de Violencia Política y director general de Paz y Convivencia del Gobierno foral, Martín Zabalza. En dicha cita ha desgranado primera memoria anual de esta comisión que, durante su primer año de andadura, ha recibido 41 solicitudes de reconocimiento de la condición de víctima de malos tratos o torturas a manos de funcionarios públicos o de grupos de extrema derecha. Esa cifra, 41, no es menor, asegura Zabalza, y la previsión es que ese número se incremente durante los próximos años porque los estudios previos han identificado más de un millar de posibles casos. En concreto, un estudio del Instituto Vasco de Criminología (IVAC), encargado por el Gobierno de Navarra, identificó 1.068 posibles casos de tortura y malos tratos sufridos por 891 personas en la comunidad entre 1960 y 2015. Es una cifra alta y se cree que hay muchos casos en la sombra, pero Zabalza explica que no se puede hablar de un uso sistemático de la tortura por el amplio periodo de tiempo que contempla la Ley Foral 16/2019, que es la que articula esta comisión. “Estamos hablando de violaciones de derechos humanos durante todo el periodo de la dictadura franquista, durante la transición y la democracia [-también en el contexto de lucha contra el terrorismo-]. La intensidad no es igual en todos los periodos". Por eso, “se habla de abusos a escala importante en todas estas fases”, pero no de práctica sistemática.

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Por ahora, de las 41 solicitudes recibidas, se han inadmitido cuatro por no ajustarse los hechos denunciados al contenido de la ley. El resto de los expedientes están tramitándose, por lo que su contenido y el nombre de los denunciantes es confidencial. Sin embargo, sí se ha dado a conocer que diez de estas solicitudes corresponden a personas fallecidas, cuyas familias han solicitado que se les reconozca como víctimas. Otros trece denunciantes reclaman ser reconocidos como tales por haber sufrido torturas o malos tratos, y otros dieciocho piden ser declarados víctimas por haber sufrido daños físicos o psicológicos. Las casuísticas son muy variadas, entre ellas, lesiones en los ojos por pelotas de goma o por los golpes de una porra, así como heridas de bala en manifestaciones o disturbios callejeros.

Para su labor, la comisión parte del concepto de tortura determinado por la Convención de las Naciones Unidas en esta materia, que considera que es “todo acto por el cual se inflija intencionadamente a una persona dolores o sufrimientos graves, ya sean físicos o mentales, con el fin de obtener de ella, o de un tercero, información o una confesión, cuando sean infligidos por un funcionario público u otra persona en el ejercicio de funciones públicas, a instigación suya o con su consentimiento”. No es sencillo demostrar que estos malos tratos han sucedido porque de muchos de estos casos no hay apenas documentación. Cuando la comisión admite el expediente, dos peritos forenses y una psicóloga -designados por el Instituto Navarro de Medicina Legal- se entrevistan con la persona denunciante y tratan de recabar toda la información posible. “Es un sistema complejo y muy garantista”, añade Zabalza. “La ley no nos obliga a hacerlo así, pero, desde el momento en el que una persona entra en nuestras instalaciones, entendemos el proceso como un acompañamiento a esa persona, un acompañamiento que pretendemos que sea sanador y eso nos lleva un tiempo. La ley nos da un año para resolver cada uno de los expedientes y nosotros agotamos esos plazos". Ante la falta de documentación en algunos periodos, están acudiendo a la prensa, a testimonios de otras personas o a expedientes médicos. “Se trata de ir sumando elementos al expediente”, explica. Además, los profesionales que entrevistan a los denunciantes aplican técnicas como el Protocolo de Estambul, “una serie de técnicas, de herramientas, que se utilizan internacionalmente para saber si el relato es coherente, si está diciendo la verdad o no. Además, sitúan a la persona en unos contextos que le llevan a recordar ciertos elementos que, en muchos casos, producen dolor. El nivel de sinceridad es notable. Son técnicas que están homologadas internacionalmente y nos dan unos niveles de garantías muy altos”, asegura Zabalza. De hecho, esta técnica ha sido ya utilizada por el IVAC, que ha seleccionado de forma aleatoria a 50 de las personas que han denunciado haber sufrido torturas y ha concluido que “han hecho un relato consistente y creíble de su experiencia, con patrones congruentes”. Hay una excepción en este proceso: no pueden solicitar este reconocimiento quienes resultaron heridos al manipular armas o explosivos destinados a la comisión de actos violentos.

Indemnizaciones económicas

La consideración de víctima de un acto de motivación política sí da derecho a un reconocimiento monetario, pero “la inmensa mayoría de las víctimas dicen que lo de menos es la indemnización económica que marcan los peritos. Lo que más aprecian es que la Administración les reconozca que funcionarios públicos o grupos de extrema derecha les produjeron mucho dolor en su día y que ha existido un negacionismo histórico. Son víctimas que han estado ocultas durante años”. En cualquier caso, el reconocimiento de víctima no da derecho a una justicia penal. Es decir, se reconocen víctimas, pero no victimarios. Zabalza detalla que trabajan con “los límites que el Tribunal Constitucional impuso a la ley. En ningún caso reconocemos victimarios, no les identificamos, no les preguntamos por ellos en ningún momento”. El Constitucional avaló la norma en 2021, después de que fuera recurrida por PP y VOX. Por otro lado, si los peritos lo consideran, las víctimas pueden llegar a recibir una indemnización económica que se calcula según unas tablas marcadas por ley. Esa indemnización es igual a la que reciben, por ejemplo, las víctimas del terrorismo de ETA.

La existencia de tablas homologadas para víctimas de diferentes violencias es una línea clave en el trabajo de la comisión y de la norma que la ampara, subraya Zabalza, porque se parte de la premisa de que “todas las víctimas merecen ser reconocidas sin equiparaciones ni diluciones”. Para esta afirmación, se basa en el Plan de Convivencia navarro que rechaza de forma unánime y considera ilegítima la violencia “desplegada durante 85 años en Navarra por los golpistas del 36, la dictadura franquista, el terrorismo de ETA, el terrorismo de los grupos de extrema derecha, la violencia ilegítima cometida por parte del Estado, la denominada kale borroka, el terrorismo yihadista”. No ha sido fácil adoptar esta perspectiva, añade Zabalza. “Este es un consenso al que el terrorismo de ETA no nos permitía llegar porque nos ha hecho mucho daño. La ausencia del terrorismo nos permite crear espacios donde sean condenables todas las vulneraciones de derechos humanos. Todas las personas tenemos derechos humanos y nadie los puede vulnerar”.

 
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