No tengo teléfono, ni línea...¿Debo pagar la factura que me pasan?
Oyente: Jesús Carmona
Título de la consulta: Realicé una portabilidad online y no me enviaron el móvil
Buenos días. El pasado mes de Septiembre realicé una portabilidad a través de la tienda online de Vodafone para pasarme a esta compañía desde Orange. El día 19 de Septiembre se realizó la portabilidad, pero a mi domicilio no llegó ni el teléfono que solicité ni la tarjeta SIM. Después de numerosas llamadas a los distintos números de atención al cliente de Vodafone, decidí volver a realizar la portabilidad de forma inversa: de Vodafone a Orange (se realizará, supuestamente, el día 16 de Noviembre). Hace unas horas (11/11/11) he recibido una llamada por parte de Vodafone en la que me comentaban que tenía que pagar una factura de 20 euros, por consumo del mes pasado (todo esto sin tener línea de teléfono desde el día en que se realizó la primera portabilidad)y que si no lo hacía, llevarían a los juzgados el caso y perdería el número de teléfono. Mi pregunta es, sabiendo que no tengo línea y que no he podido disfrutar de ella,y sabiendo que no tengo nada firmado (al realizarlo todo por la tienda online) ¿es legal que me cobren factura, y que me amenacen con quitarme el número si no pago?
Gracias.
Así mismo, el artículo 3 del citado cuerpo legal establece que el usuario tiene derecho a celebrar contratos, a una información veraz, eficaz, suficiente, transparente y actualizada sobre las condiciones ofrecidas por su operador y las garantías legales así como a recibir servicios de comunicaciones electrónicas con garantías de calidad, e información comparable, pertinente y actualizada sobre la calidad de los servicios de comunicaciones electrónicas disponibles al público. De una forma u otra, la normativa vigente establece la necesidad de realizar una reclamación previa al operador, recomendándole que es mejor que la realice por escrito (fax, e-mail, correo postal) y que, si es por correo, por lo menos lo remita por correo certificado con acuse de recibo al domicilio social (dato que es obligatorio que aparezca en las facturas), aunque también lo podría hacer vía telefónica, siempre y cuando le den un número de reclamación o incidencia, dado que, en caso contrario, no serviría la citada reclamación.
El operador 30 días para resolver la misma; si transcurrido dicho plazo no le han contestado o la respuesta que reciba no le soluciona su problema, tendrá un plazo de tres meses para dirigir su reclamación a la Junta Arbitral de Consumo de su localidad o a la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones.




