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La agonía de Samba Martine

Se cumplen 4 años de la muerte de la joven congoleña en el centro de internamiento de extranjeros de Madrid

Entierro de Samba Martine / GORKA LEJARCEGI (EL PAÍS)

Madrid

Los tres últimos días de vida de Samba Martine fueron una auténtica tortura. La joven falleció el 19 de diciembre de 2011 a las pocas horas de ser derivada al Hospital 12 de octubre desde el CIE de Aluche donde permaneció 38 días encerrada. En todo ese período de internamiento requirió asistencia médica más de 10 veces en la enfermería del CIE, a los que habría que añadir “los infructuosos requerimientos de asistencia” que aparecen en el informe de Cruz Roja, fechado el 27 de diciembre de 2011, al que ha tenido acceso la Cadena Ser.

el informe de la cruz roja

El sábado 17 de diciembre, por la mañana, uno de los mediadores de Cruz Roja Española se cruzó con la Sra. Samba Martine en la escalera. Ella informó de que subía al servicio médico porque no se encontraba bien. Refería no haber dormido en toda la noche, fuerte dolor de cabeza y nuca y dificultad para la movilidad de cuello y brazos. Se quejaba de que el personal del servicio médico no le atendía bien (se comunicaba en francés) y que únicamente le proporcionaron paracetamol, lo que no le calmaba los dolores. Dado que el mediador no podía saber con exactitud la hora a la que sería atendida Samba, teniendo en cuenta que en ese momento él tenía que atender al resto de los internos y que los síntomas que la interna verbalizaba no eran diferentes a los referidos con anterioridad, el mediador optó por escribir todo lo que la interna refería en un folio para que se lo entregara al persona sanitario y comprendieran mejor su situación. El domingo 18 de diciembre, sobre las 9:30 horas, una de las mediadoras observó cómo dos internas ayudaban a Samba a subir las escaleras para acceder al servicio médico. Apenas podía tenerse en pie. El doctor aún no había llegado a la consulta y la enfermera le suministró un ansiolítico. La mediadora ayudó a traducir, puesto que la interna se comunicaba en francés y la enfermera sólo hablaba castellano. Nuevamente, fue ayudada por sus compañeras para bajar hasta la sala, donde se tumbó en el suelo. No vio al médico. Por la tarde, la mediadora notó que su estado había empeorado. Estaba tumbada en el suelo, tapada con mantas y quedándose del humo de la sala que le impedía respirar. Cabe destacar que cuando las internas fuman no salen al patio, sino que lo hacen en la sala, en la que pasan parte del día, provocando un ambiente irrespirable y nocivo. La mediadora subió al servicio médico para informar a la enfermera del empeoramiento de Samba. La sanitaria refirió que no podía hacer nada más. Tiempo después, la mediadora insistió nuevamente, sin éxito. A las 20.00 h, cuando la mediadora se marchaba, la enfermera se acercó para preguntarle a la trabajadora de Cruz Roja por qué no había subido a la interna a la consulta. La mediadora contestó que debía ser la propia enfermera quien solicitara a la policía a quién quería ver. Respondió entonces que al día siguiente, lunes, la subiría a primera hora para que fuera atendida por el doctor. Ante esta situación, las internas manifestaron al equipo de Cruz Roja, sus quejas al respecto de la atención del servicio médico en relación a esta mujer, y demandaron al equipo de Cruz Roja papel y sobres, ya que querían escribir una carta al juzgado de control, manifestando que pese a que Samba había sido atendida por el doctor en diversas ocasiones (y otras por enfermeras), nunca había sido derivada al hospital, y su estado de salud se había visto empeorado notablemente en los últimos días. Tan sólo habían ido al hospital en los últimos días tres internas: dos embarazadas para seguimiento médico y otra por equivocación con una de las embarazadas.

Según fuentes cercanas al caso, “llama mucho la atención que no hayamos conocido la existencia de este informe hasta hace sólo unas semanas, cuando declaró ante el juez la coordinadora de Cruz Roja en el CIE de Aluche. Destaca la gravedad de los hechos y la desidia del personal del CIE en su función de velar por la vida de Dña Samba Martine que la referida nota pone de manifiesto”.

Sólo cuando su estado era tan grave que no podían negar la evidencia de la necesidad de su traslado al hospital fue cuando los servicios médicos del CIE de Madrid procedieron a su traslado. “Fue un despropósito médico, nadie le hizo un reconocimiento adecuado y la autopsia reveló que era VIH positivo sin que en ningún momento recibiera tratamiento. Este informe demuestra que las evidencias de sus dolencias eran más que suficientes para haberla trasladado al hospital”, denuncia Margarita Martínez Escamilla, Catedrática de Derecho Penal de la Universidad Complutense, y que ha seguido el caso desde el inicio.

Una vez conocida esta “nota informativa" de Cruz Roja, el juez ha aceptado incorporarla como prueba documental a tener en cuenta y , dando por finalizada la instrucción, y en lo que se cree que es el último paso para decidir si abre juicio oral. No obstante hay que recordar que este mismo juez ya decretó el sobreseimiento de la causa y que fue la Audiencia Provincial de Madrid quien le obligó en enero de 2014 a reabrir la investigación. “Después de esta lacónica instrucción de cuatro casi años procede ya la apertura de juicio oral” reclama la catedrática.

“A través de este informe sabemos que Samba, el día antes de su muerte, estuvo agonizando en el suelo del CIE de Aluche, con graves dificultades para respirar sin que la enfermera del centro de internamiento, sin que nadie mostrara la más mínima humanidad para ni siquiera levantarla del suelo de la sala común y la llevaran a su cama en la celda. Tan sólo se quejaban el resto de internas encerradas a las que nadie hizo caso” lamenta Martínez Escamilla.

La enfermera que se resistió a autorizar el traslado

La diplomada en enfermería Yordanka García Casanova estuvo presente en todas las asistencias médicas prestadas a Samba en el CIE, incluida la última que recibió el domingo 18 de diciembre de 2011 antes de ser trasladada al hospital. El trato y el comportamiento de esta enfermera con Samba protagoniza buena parte del informe elaborado por Cruz Roja ocho días después de la muerte de la congoleña. Durante dos días, Samba apenas pudo moverse o valerse por sí misma; pero nadie llamó a un médico ni dio la voz de alarma para que se la trasladase a un hospital.

Fuentes del caso cuestionan totalmente la atención, o la falta de ella, que Yordanka García proporcionó a Samba. Primero porque el día 18 de diciembre, horas antes de su muerte, el estado de salud de la joven africana era “a todas luces, preocupante, lo que queda demostrado en que tuviera que se ser ayudada por dos internas para subir las escaleras y acceder al servicio médico".

La enfermera, al reconocer que estuvo presente en todas las asistencias a Samba, “debió tomar con más seriedad la consulta del día 18”, señalan fuentes relativas a la investigación. “Se percibe claramente que Samba hubiera requerido atención médica urgente o hubiera solicitado el traslado a un hospital”, se señala en el escrito.

Lo único que consta que le proporcionó a Samba, en el que iba a ser el último día de su vida, es Nolotil y un Orfidal. De acuerdo a algunas fuentes del caso, “el suministro de Orfidal estaría contraindicado para los síntomas que presentaba Samba”, y a pesar de ello, la enfermera “omitió cualquier seguimiento de la evolución de la paciente".

“¿Cómo no podía hacer nada la única persona responsable ese día de los servicios médicos del CIE? ¿No podía recabar asistencia médica? ¿No podía pedir el traslado a un hospital o avisar a urgencias? ¿No podía siquiera bajar a comprobar personalmente el estado de la enferma?” se preguntan los letrados, que concluyen la responsabilidad penal de la enfermera por la muerte de Samba Martine. "La conducta de Dña Yordanka sería subsumible en el delito de denegación de la asistencia sanitaria” tipificado en el artículo 196 del código penal.

La acusación particular reclama la responsabilidad penal por homicidio imprudente contra los dos médicos, la enfermera, y la directora de la empresa que se encargaba de prestar la asistencia sanitaria en el CIE. El juez tendrá que decidir cuatro años después si abre o no juicio oral.

 
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