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Al transferirle los cuidados del bebé más tiempo a la madre empieza la discriminación, porque se asume de forma natural que la crianza será esencialmente materna

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Madrid
El Tribunal Constitucional coincide conmigo, porque se ha documentado, en algo bastante esclarecedor: los hombres no se pueden quedar embarazados. Partiendo de este exótico hecho biológico se considera que la prioridad es proteger la salud de la mujer trabajadora durante el embarazo, parto y semanas posteriores. Nada que objetar. Salvo en el caso de madres de acogida y madres adoptantes, en cuyo caso tendrán que fingir el embarazo. Y salvo que se considere 16 semanas un tiempo de recuperación física. Porque de esas semanas hay un tiempo para la recuperación y otro que es específico de los cuidados del bebé. Al transferirle legalmente los cuidados del bebé más tiempo a la madre empieza la discriminación, porque se asume de forma natural que la crianza será esencialmente materna. Hay un hecho biológico y un hecho social, que tiene que ver con la perspectiva de género. El hecho social es al que tiene que atender la justicia y el Gobierno, que ya lo está haciendo, para reconocer que la igualdad de oportunidades es permitir, también, la igualdad de espacio y tiempo para la crianza de un bebé.

Manuel Jabois
Es de Sanxenxo (Pontevedra) y aprendió el oficio de escribir en el periodismo local gracias a Diario...