Sociedad

La prueba de reválida entrará en vigor el próximo curso

El examen supondrá el 40% de la nota para acceder a la universidad

Madrid

El Consejo de Ministros ha aprobado hoy la regulación de la Prueba General de Bachillerato (PGB), una de las principales novedades de la Ley de Calidad de la Enseñanza (LOCE) que comenzará a aplicarse el próximo curso 2005-06. Tras los dos cursos del Bachillerato, los alumnos tendrán que superar esta prueba, que supondrá un 40% de la nota con la que optarán a una enseñanza universitaria.

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La nota final del título de Bachiller, con la que los alumnos optarán al acceso a la Universidad, estará compuesta en un 60% por las notas obtenidas en los dos cursos del Bachillerato y en un 40% por la nota obtenida en la Prueba General de Bachillerato, tal como solicitó el Consejo Escolar del Estado. Para hacer esta ponderación será requisito imprescindible haber obtenido en la reválida un mínimo de cinco puntos.

La aprobación de este examen será requisito para obtener el título de Bachiller, que da acceso a los estudios universitarios y a la Formación Profesional de Grado Superior. Los nuevos exámenes serán de carácter externo a los centros educativos y servirán para homologar los conocimientos adquiridos por todos los alumnos en esta etapa educativa y estimular tanto a escolares como a profesores, según señaló el Ministerio de Educación en un comunicado en el que recordó que España y Grecia son, ahora, los únicos países de la UE que no tienen este tipo de evaluación.

DOS PARTES

La prueba tendrá una parte común para todos los alumnos y una específica dependiendo de la modalidad de Bachillerato que se haya estudiado: Artes, Ciencia y Tecnología o Humanidades y Ciencias Sociales.

La parte común tendrá como objetivo comprobar la formación general y la madurez de los alumnos. Deberá evaluar el grado de adquisición de conocimientos y capacidades básicas, como el uso del lenguaje, la compresión y relación de conceptos, la capacidad de análisis y síntesis, así como el conocimiento y expresión oral y escrita de una lengua extranjera.

Esta parte común tendrá tres ejercicios (o cuatro en el caso de que deba incluirse la lengua cooficial propia de la comunidad autónoma): El primer ejercicio constará de un análisis y comentario de un texto o de otras fuentes, de tipo histórico o filosófico, así como las respuestas a las cuestiones que se planteen al respecto. El segundo ejercicio será un análisis de un texto literario en lengua castellana. El alumno deberá elaborar un resumen del mismo, realizar un comentario sobre la estructura y una crítica del contenido del texto, además de responder a cuestiones de lengua y literatura relacionadas con él, incluyendo aspectos léxico-semánticos. El tercer ejercicio versará sobre un idioma extranjero e incluirá una parte escrita y otra parte oral (hasta ahora inexistente), con el objetivo de mejorar los conocimientos y resultados académicos de los alumnos en lengua extranjera.

La segunda parte de la prueba, que constará también de tres ejercicios, tendrá como objetivo comprobar los conocimientos adquiridos en las asignaturas específicas de cada modalidad.

CALIFICACIÓN INDEPENDIENTE

Cada una de las dos partes de la reválida recibirá una calificación independiente, que será la media de las puntuaciones de los ejercicios que la integran (cada ejercicio será valorado de cero a diez puntos). La calificación global de la prueba será el promedio de las calificaciones de las dos partes.

En aquellos casos en los que un alumno haya suspendido el conjunto de la Prueba, pero haya aprobado una de sus dos partes con cinco puntos o más, se incluye la novedad de que esta calificación de la parte aprobada tendrá validez para las siguientes convocatorias a las que se presente el alumno.

En cada curso académico habrá dos convocatorias de la prueba, una ordinaria y otra extraordinaria, en las fechas que establezcan las Comunidades Autónomas. En cada región se constituirá una comisión para la organización y desarrollo de la prueba, que será responsable, dentro de su ámbito de competencia, de la organización y aplicación de la misma.

La comisión estará compuesta por un representante de la Administración educativa que actuará como presidente, un inspector de educación con una de las especialidades de la Educación Secundaria, un catedrático de Enseñanza Secundaria y cuatro profesores designados entre el Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria y entre otros profesores que impartan enseñanzas en el mismo nivel. Además, y para el ejercicio de las funciones atribuidas a la Alta Inspección, participará un representante de este departamento de Educación en la comunidad autónoma correspondiente.

Para aquellos alumnos que en el momento de su inscripción justifiquen alguna discapacidad que les impida realizar la prueba con los medios ordinarios, se tomarán las medidas oportunas para que puedan realizarla en las condiciones más favorables.

 
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