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La Audiencia deniega el tercer grado a Roldán

Se le anuló en junio de 2003, el tercer grado "restringido" concedido en noviembre de 2002

La Audiencia de Madrid ha denegado el tercer grado penitenciario solicitado por el ex director general de la Guardia Civil Luis Roldán y le recuerda que no ha pagado los mil quinientos millones de pesetas (9.015.181 euros) a que fue condenado, ni se aprecia un "esfuerzo serio" de hacerlo.

Roldán cumple condena en la prisión de Brieva (Avila) y se encuentra clasificado en segundo grado después de que se le anulara, en junio de 2003, el tercer grado "restringido" concedido en noviembre de 2002 por el juez de vigilancia penitenciaria de Valladolid, que le permitía salir de permiso fines de semana alternos, además de 48 días al año.

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Tras esta anulación, el ex director general de la Guardia Civil ha ido recurriendo las resoluciones en las que se le denegaba el régimen abierto o de semilibertad, que ahora de nuevo la Audiencia Provincial de Madrid vuelve a confirmar.

En un auto de la Sección Quinta, la Audiencia considera preciso que se consoliden "datos concretos de los que se pueda deducir un cambio profundo de actitudes que revelen su capacidad para acceder a un régimen de semilibertad", sobre todo "sus rasgos de personalidad relacionados con la búsqueda ilícita de patrimonio y el fácil lucro con un ánimo de lucro desmedido".

En este sentido, señala que Roldán no ha satisfecho los más de mil quinientos millones de pesetas a que fue condenado por responsabilidad civil "sin que conste que el interno realice un esfuerzo serio de reparación".

El auto recuerda que para la progresión de grado deben modificarse positivamente los factores relacionados con la actividad delictiva "con manifestación en la conducta global del interno, cuya consecuencia directa sea un incremento de la confianza depositada en él, que permitiría atribuirle más importante responsabilidad que implicaría, a su vez, una mayorlibertad".

Expone que Roldán fue condenado por cinco delitos contra la Hacienda Pública, uno de malversación de caudales públicos, falsedad documental y cohecho a 31 años y seis meses, con el límite máximo de cumplimiento de 20 años, por lo que no está próxima la libertad condicional.

Con estas circunstancias, el tribunal estima que "es preciso observar durante un periodo de tiempo mayor la conducta del mismo tanto dentro como fuera del centro penitenciario y el uso que hace de dicho programa de permisos".

 
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