Así será el carné de conducir por puntos
El anteproyecto de la Ley de Reforma de la Ley de Tráfico y Seguridad Vial configura el nuevo carné por puntos de la siguiente manera.
¿Con cuántos puntos se parte?
-Ciudadanos en general: 12 puntos
-Noveles (menos de tres años de experiencia): 8 puntos
-Conductores que han perdido todos los puntos y después recuperan el carné: 8 puntos
¿Cómo se recuperan los puntos?
-Cursos de sensibilización y reeducación (máximo uno cada dos años): 4 puntos
-Tres años sin haber cometido ninguna infracción: Todos los puntos
¿Y si se pierde el carné (cero puntos)?
-Será obligatorio pasar los cursos.
-Si es la primera vez, habrán de pasar seis meses antes de poder examinarse de nuevo.
Más información
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-Si es la segunda, un año sin carné.
Infracciones que restarán 6 PUNTOS
-Conducir bajo los efectos del alcohol (0,75 mg/l. Profesionales, 0,3 mg/l).
-Conducir bajo los efectos de drogas.
-Negarse a realizarse las pruebas de alcoholemia o drogas.
-Circular en sentido contrario.
-Conducir vehículos en competiciones y carreras no autorizadas.
-Conducir de forma temeraria.
-Circular por autopistas o autovías con vehículos expresamente prohibidos.
-Exceso de velocidad: más de un 50% del límite y en más de 30 Km/h.
-Transporte terrestre. Incumplimiento de tiempos: >50% máximo permitido o <50% del tiempo de descanso obligatorio.
Infracciones que restarán 4 PUNTOS
-Conducir bajo los efectos del alcohol (0,25-0,75 mg/l. Profesionales, 0,15-0,3 mg/l).
-Conducir un vehículo con una ocupación que suponga aumentar en un 50% o más el número de plazas autorizadas, excluido el conductor.
-Circular en paralelo con vehículos con los que esté expresamente prohibido.
-Conducir con un permiso o licencia que carezca de validez.
-Circular con un vehículo no matriculado o careciendo de las autorizaciones administrativas reglamentarias.
-Circular con un vehículo que no cumpla las condiciones de seguridad necesarias o que incumpla normas reguladoras de la ITV.
-Arrojar objetos que puedan producir incendios o accidentes.
-Conducir de forma negligente.
-Exceso de velocidad: en más de 40-50 Km/h y en menos de un 50% del límite.
-Incumplir la prioridad de paso.
-Incumplir la obligación de detenerse en una señal de stop.
-Incumplir las normas sobre adelantamientos, poniendo en peligro o entorpeciendo a quienes circulan en sentido contrario, incluso a los ciclistas.
-Cambiar de sentido en situaciones que impidan cumplir la normativa, en pasos a nivel, en tramos de túnel, en autopistas, en autovías y en tramos con prohibición de adelantamiento.
-Realizar la maniobra de marcha atrás en autovías o autopistas.
-Aumentar la velocidad o realizar maniobras que impidan el adelantamiento propio.
-Adelantar invadiendo el sentido contrario en curvas, cambios de rasante o lugares con visibilidad reducida.
-No respetar las señales de los agentes que regulan la circulación .
-No respetar la luz roja de un semáforo.
Infracciones que restarán 3 PUNTOS
-Exceso de velocidad: en más de 30-40 Km/h y en menos de un 50% del límite.
-No mantener la distancia de seguridad.
-Circular sin alumbrado en condiciones de falta de visibilidad.
-Circular produciendo deslumbramiento a otros usuarios de la vía.
-Conducir utilizando dispositivos incompatibles con la obligatoria atención permanente que la conducción requiere.
-Conducir utilizando cascos o auriculares conectados a cualquier dispositivo cuyo manejo implique su uso manual (teléfonos móviles, radios, etc).
-Parar o estacionar en: en curvas, en cambios de rasante de visibilidad reducida y sus proximidades, en pasos inferiores, en túneles y sus proximidades, en pasos a nivel
en lugares peligrosos o en los que se obstaculice gravemente la circulación.
Infracciones que restarán 2 PUNTOS
-Parar o estacionar en: intersecciones en las que se dificulte el giro de otros vehículos, en vías interurbanas donde se genere peligro por falta visibilidad, en raíles de tranvías o tan cerca de ellos que se entorpezca su circulación, en lugares en los que se impida la visibilidad de la señalización, en carriles, paradas y estacionamientos de uso exclusivo del transporte público.
-Conducir vehículos que tengan instalados mecanismos o sistemas que eludan la vigilancia de los agentes de tráfico.
-Incumplir las normas sobre adelantamientos (sin poner en peligro a otros usuarios).
-Cambiar de sentido, dirección o dar marcha atrás incumpliendo las normas.
-Circular sin utilizar el alumbrado cuando sea obligatorio.
-Conducir sin utilizar el cinturón de seguridad, el casco y demás elementos de protección o permitir que los ocupantes no cumplan dichas normas.
-Circular con menores de 12 años como pasajeros de motocicletas o ciclomotores (existe un reglamento de excepciones).