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El Supremo absuelve al diputado Salaberría de enaltecimiento de ETA

Había sido condenado por el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco

El Tribunal Supremo anuló hoy la sentencia del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco que condenó al diputado de Sozialista Abertzaleak Jon Salaberría por un delito de enaltecimiento del terrorismo, por decir durante un pleno del Parlamento vasco que "la lucha armada de ETA responde a la defensa de los derechos legítimos del pueblo vasco".

El Supremo establece que, según la jurisprudencia del Tribunal Constitucional, "la inviolabilidad (de los parlamentarios) no es sólo una prescripción que exime de responsabilidad, sino incluso un privilegio frente a la mera incoación de todo procedimiento" judicial.

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Añade el Tribunal Supremo que debió ser el Parlamento vasco y no la justicia quien frenara esas declaraciones, retirándole la palabra o sancionándole, ya que la justicia se debe quedar al margen de las opiniones vertidas por los parlamentarios, "y, por tanto, ni siquiera se puede entrar a examinar el contenido de esas opiniones al objeto de discernir si merecen o no la tutela de ese privilegio", es decir, la inviolabilidad de los parlamentarios.

 
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