Condenan a Telefónica y Uni2 a indemnizar a usuarios de antiguos 906
Porque a través de ellos se canalizaban servicios eróticos y de adivinación
La sentencia que ha adelantado la Cadena SER, de la Audiencia Provincial de Madrid, confirma otra anterior, de un juzgado madrileño, que considera que el número adecuado para esos servicios era el antiguo prefijo 903 y no el 906. En función de ello, condena a Telefónica y Uni2 a devolver las cantidades cobradas indebidamente a más de un centenar de usuarios que presentaron demanda a través de la OCU (Organización de Consumidores y Usuarios).
A la sentencia pueden acogerse todos los demás usuarios que hayan realizado llamadas a esos servicios -eróticos, de adivinación y otros- y guarden las facturas. Las operadoras llegaron a facturar por esa vía más de cien mil millones de pesetas, según la OCU. Telefónica ya ha anunciado que recurrirá esta sentencia.
Actualmente, los prefijos 903 y 906 ya no se utilizan para los servicios de valor añadido en telefonía de voz. Han sido sustituidos por los prefijos 803,806 y 807.
Todo empezó en 2001
La larga disputa de los clientes de Telefónica y Uni2 comenzó en 2001, cuando empezaron a reclamar la devolución de los importes cobrados por el uso de teléfonos 906, pues en su opinión los contenidos de éstos -eróticos y de adivinación- deberían haberse presentado con el prefijo 903, con acceso restringido, y no con prefijos de acceso libre.
Tras la primera sentencia a su favor y el correspondiente recurso, este segundo fallo ha vuelto a dar la razón a los demandantes.
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