La jueza rechaza suspender el ingreso en prisión de 'Farruquito'
Por conducta "insolidaria"
La jueza de Sevilla que enjuició el atropello mortal cometido por el bailaor "Farruquito" ha rechazado sustituir los tres años de cárcel por multa o trabajos comunitarios, ya que el procesado cometió un delito "grave" y "quebró las elementales normas de solidaridad humana" al darse a la fuga.
La juez de lo penal 8, en un auto al que ha tenido acceso EFE, rechaza la petición del abogado de "Farruquito" y dice que la sustitución de la cárcel por multa o trabajos comunitarios es un recurso "excepcional" que no considera aplicable a este caso.
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Así, dice que Juan Manuel Fernández Montoya, "Farruquito", cometió unos hechos "graves" que revelan su "desprecio por las normas, lo que se materializa en la conducción de un vehículo potente, careciendo del permiso de conducir y del seguro, a velocidad excesiva y rebasando semáforos en rojo", con el consiguiente "desprecio a la vida e integridad de los viandantes".
Además, en el atropello cometido el 30 de septiembre de 2003 en una calle de Sevilla, el bailaor "quebró las elementales normas de solidaridad humana cuando se dio a la fuga y por último involucró a su hermano menor para eludir la responsabilidad de su proceder", añade el auto en referencia a los seis meses durante los cuales el artista mantuvo ante la Policía que su hermano de 16 años había sido el autor del atropello.
Junto a ello, la juez cree que concederle la suspensión del ingreso en la cárcel "quebraría el respeto de las normas y se quebraría además la importante función de prevención general que cumplen las penas".
Fuentes judiciales indicaron a EFE que el ingreso en prisión de "Farruquito" no será inminente pues su letrado puede recurrir ante la Audiencia este último auto judicial. El bailaor tendrá que pagar además dos multas de 36.500 euros, una por la omisión del deber de socorro y otra como autor de un delito de simulación de delito.