El Consejo de Ministros aprueba el Proyecto de Ley de Estatuto del Trabajo Autónomo
Los cambios afectan a más de tres millones de trabajadores.
El Consejo de Ministros ha aprobado hoy el Proyecto de la Ley del Estatuto del Trabajo Autónomo, tras su paso por el Consejo Económico y Social (CES) y por el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ). El proyecto de Ley recoge las principales reivindicaciones de este colectivo, integrado por más de tres millones de trabajadores, y ha sido ratificado por las principales asociaciones del sector como la ATA , UPTA o ASNEPA.
El ministro de Trabajo y Asuntos Sociales, Jesús Caldera ha presentado hoy el documento al Gobierno que, tras analizar los informes de los órganos consultivos, ha incorporado alguna de las observaciones formuladas y ha aprobado el proyecto de Ley.
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El documento recoge las principales reivindicaciones de este colectivo, integrado por más de tres millones de trabajadores, y ha sido ratificado por las asociaciones del sector: ATA ,UPTA, ASNEPA, CAYPE, CIAE y OPA.
La vicepresidenta primera del Gobierno, María Teresa Fernández de la Vega, explicó, en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros, que el Estatuto del Autónomo era una "tarea prioritaria" del Gobierno y una cuestión "ampliamente reclamada por todo el sector".
Supone una legislación "específica, más concreta, más precisa" para más de 3,3 millones de hombres y mujeres empredendores, que están "dispuestos a crear y mantener su propio puesto de trabajo" y que "hasta ahora no disfrutaban de los mismos derechos que el resto de los ciudadanos".
Principales novedades
Entre otras medidas, el Estatuto del Trabajo Autónomo define qué se entiende como trabajador autónomo; formula un catálogo de derechos y deberes del colectivo; se regulan las reglas de prevención de riesgos laborales, y se establecen garantías económicas para el trabajador autónomo.
Además, se regula el régimen profesional del trabajador autónomo económicamente dependiente y se concretan condiciones específicas para determinar con claridad quiénes pueden ser considerados como tales.
También se contempla la posibilidad de celebrar acuerdos de interés profesional entre asociaciones de autónomos o sindicatos y empresas, siempre que no vayan en contra de los postulados de la Ley de Defensa de la Competencia. Se asigna a la jurisdicción social la resolución de los litigios de los trabajadores autónomos económicamente dependientes y se reconoce un catálogo de derechos colectivos y se establecen las bases para el reconocimiento de la representatividad de las asociaciones de autónomos. Gracias al Estatuto se crea un Consejo Estatal del Trabajo Autónomo y se avanza en medidas para la equiparación de la protección social de este colectivo y los asalariados.
Por otro lado, se mandata al Gobierno para que, siempre que estén garantizados principios de contributividad, solidaridad y sostenibilidad financiera y ello responda a las necesidades y preferencias del los trabajadores autónomos, proponga al Parlamento la regulación de un sistema específico de protección por cese de actividad, en función de sus características personales o de la naturaleza de la actividad ejercida.