El Supremo condena a la productora de 'Gran Hermano' a una multa de 1,8 millones
Zeppelin Televisión no guardó con suficiente celo los datos personales de 1.722 aspirantes a concursar en el programa
El Tribunal Supremo ratifica la sanción impuesta a la productora del programa 'Gran Hermano, Zeppelin Televisión, a pagar 1,8 millones de euros -180 millones de pesetas- por no haber guardado con suficiente celo los datos personales de 1.722 aspirantes que se presentaron a las pruebas para concursar en el programa.
Fueron cuatro las multas que la Agencia de Protección de Datos impuso en 2000 a la productora de televisión por haber cometido lo que consideraba una falta leve, otra grave y dos muy graves. Una actuación que la Agencia de Protección de Datos consideraba negligente.
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El Supremo, en una sentencia que votó a mediados de abril, desestima las alegaciones de Zeppelin, considerada culpable de haber permitido que se conocieran los nombres completos de los candidatos junto a su edad, teléfono, nivel de estudios, profesión, clase social, estado civil y número de hijos.
En esos listados aparecían los programas de televisión en los que los aspirantes habian participado previamente así como las razones que les impulsaba a presentarse. Entre las fichas conocidas estaban la de algunos de los participantes en el programa.
Según la sentencia, ahora ratificada por el Tribunal Supremo, la productora de Gran Hermano no pidió el consentimiento inequívoco de los afectados para que sus datos fueran tratados. Tampoco los cedió para fines directamente relacionados con la actividad, ni los custodió de manera apropiada.