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El Gobierno limita las horas de trabajo de los conductores profesionales

Los transportistas tendrán derecho a pausas de 30 y 45 minutos, en función de la duración de su jornada laboral

Los transportistas por carretera tendrán derecho a una pausa de 30 minutos cuando realicen jornadas de trabajo superiores a seis horas, y de 45 minutos cuando la duración de la jornada alcance las nueve horas. Así se establece en la reforma la normativa sobre tiempo de trabajo y descanso para este colectivo de trabajadores aprobada hoy a través de un Real Decreto en el Consejo de Ministros.

La norma, elaborada conjuntamente por los ministerios de Trabajo y Asuntos Sociales y de Fomento, incorpora al ordenamiento jurídico español una Directiva europea.

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El objetivo de la modificación es "mejorar la seguridad y salud de los trabajadores y, específicamente, mejorar el nivel de seguridad vial", según subrayó la vicepresidenta primera del Gobierno y ministra de la Presidencia, María Teresa Fernández de la Vega, durante la rueda de prensa posterior al Consejo. Para ello, introduce normas dirigidas a evitar la siniestralidad laboral en el transporte por carretera.

Según el Ejecutivo, los dos aspectos más destacados de la norma son potenciar la negociación colectiva como instrumento para definir la ordenación del tiempo de trabajo, y alcanzar un equilibrio que garantice la seguridad de los trabajadores y preserve la competitividad de las empresas españolas.

Así, en materia de seguridad establece un límite para el tiempo de trabajo y para el tiempo de presencia y se aseguran unos descansos mínimos a aplicar a todos los trabajadores del sector.

 
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