Deniegan una indemnización a una mujer que tropezó con un juguete en casa de unos amigos
En principio la Audiencia Provincial de Valencia condenó a la aseguradora a pagar casi 26.000 euros a la mujer
Fue a casa de unos amigos a cenar pero cuando pasó por un pasillo a oscuras tropezó con un juguete y cayó. Este hecho le provocó varias lesiones por lo que decidió demandar a sus amigos y a su compañía de seguros. El Tribunal Supremo (TS) ha denegado hoy la indemnización que esta mujer había solicitado.
Sin embargo cuando el caso fue llevado a la Audiencia Provincial de Valencia ésta condenó a la aseguradora a pagar casi 26.000 euros a la mujer, ya que consideraba que "los anfitriones de una casa asumen la posición de garantes de la seguridad de sus invitados y les corresponde evitar que éstos corran riesgos que comprometan su integridad".
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Obligados a una buena iluminación
Para este tribunal "la norma social de cuidado" obligaba a los amigos de esta mujer a iluminar suficientemente el camino que iba a recorrer la invitada o retirar cualquier objeto peligroso y, por ello, dictaminó que el matrimonio era en parte responsable de la caída de su invitada.
A esta afirmación el Tribunal Supremo argumenta que "no toda desgracia determina necesariamente que alguien deba responder de ella porque "la vida comporta riesgos por sí misma".
La sentencia del Tribunal Supremo analiza con detalle la posible responsabilidad civil del matrimonio, que tenía concertado un seguro multirriesgo del hogar con la compañía codemandada, y recuerda otras resoluciones que señalan que del supuesto de negligencia deben excluirse "los pequeños riesgos que la vida obliga a soportar,(...), pues riesgos hay en todas las actividades de la vida".